Adiciónese el artículo 306 de la Constitución Política con el siguiente inciso: "De conformidad con la ley, el Distrito Capital de Bogotá, el departamento de Cundinamarca y los departamentos y municipios contiguos a este, podrán asociarse en una región administrativa y de planificación especial con personería jurídica y patrimonio propio cuyo objeto principal será el desarrollo económico y social y la preservación y buen uso de los ecosistemas ambientales en su jurisdicción. Las entidades territoriales conservarán su identidad política y territorial".