Por medio de la cual se adiciona el parágrafo único al artículo 61 del Código Penal Colombiano y el inciso 2º al artículo 68a del Código Penal Colombiano y a la vez se modifica la Ley 1142 de 2007, artículo 32.
Estado actual:Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2009
Sinópsis
No se tendrán e n cuenta las circunstancias atenuantes para efectos de beneficios en la individualización de la pena de los delitos tipificados en los artículos 138, 139, 165, 168, 169, 205, 206, 207, 208, 209 y 210 del Código Penal Colombiano