Política

Número de Cámara: 51/06

Por el cual se hace obligatorio la destinación de recursos para los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos de los servicios públicos domiciliarios.

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado en Debate Mayo 20 de 2008

Sinópsis

El presente proyecto de ley pretende hacer obligatoria la creación y especialmente buscar financiar con las transferencias de la Nación (S.G.P.) los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, para el pago de estos subsidios a las personas de los Estratos 1, 2 y 3 de los servicios públicos domiciliarios. Para lo anterior se crea el Comité de Control y Vigilancia de los Fondos, entre otros aspectos relacionados con el objeto de esta ley.

Agosto 03 de 2006
Publicación
Gaceta 280/06
Septiembre 14 de 2006
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 369/06
Noviembre 07 de 2006
Aprobado Primer Debate
Gaceta 606/06 325/07
Marzo 27 de 2007
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 325/07
Mayo 20 de 2008
Archivado en Debate
Gaceta 403/08