Resolver legalmente la controversia suscitada entre las Altas Cortes al no existir norma expresa relacionada con la indexación de la primera mesada pensional de aquellos trabajadores que se han retirado o son retirados de la empresa en que han laborado sin haber cumplido la edad requerida por el derogado artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo, sustituido por el 33 de la Ley 100 de 1993 el que a su vez fue reformado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003 y bajo las previsiones del artículo 36 ibídem para aquellos pertenecientes o que se ven favorecidos por el régimen pensional anterior a la vigencia de dicha ley.