La creación de un Reglamento Técnico sobre Seguridad de los Embalses unida a la creciente complejidad técnica de las fases de proyecto, construcción y explotación de las presas y embalses en los aspectos relacionados con la seguridad, permite que los órganos de la Administración Pública, con competencia en el ámbito de las obras hidráulicas, puedan disponer de un cualificado asesoramiento en materia de seguridad, a fin de evitar posibles disfunciones de carácter técnico en las obras y actuaciones que deban acometer, garantizando en todo caso la seguridad de las personas y de los bienes.