La presente ley tiene como objeto reglamentar la construcción, mantenimiento y adecuación de la Red Vial Terciaria de la República de Colombia, así como la de propiciar la fijación de recursos permanentes para el cumplimiento de la misma y de esta manera buscar el desarrollo físico y social de los municipios. Para lo anterior establece el ámbito de aplicación de la ley, además de modificar los artículos 15, 17 y 24 de la ley 105 de 1993.