A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración de los 382 años de fundación del municipio de Bugalagrande, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de interés social que se requieran, entre las que se encuentran:
Programa recuperación y adecuación del espacio público
Proyecto: Construcción plazoleta del Coliseo ¿Héctor Daniel Useche¿, municipio de Bugalagrande, departamento del Valle del Cauca.
Programa mitigación de riesgos naturales
Proyecto: Construcción muro de contención sector, puente peatonal, margen derecha río B/grande., zona urbana, municipio de Bugalagrande, departamento del Valle del Cauca.
Programa ampliación de la cobertura en educación
Proyecto: Construcción aulas y baterías sanitarias en la sede central de la Institución Educativa Antonio Nariño del municipio de Bugalagrande, departamento del Valle del Cauca.