Se pretende con esta iniciativa, darle un realce a los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios, variando su forma de conformación y elección, al igual que estableciendo los recursos necesarios para su funcionamiento, haciéndolos eficaces en el ejercicio del control social establecido en nuestra Carta Magna. La intención de este proyecto también está reflejada en la limitación del número de Comités que puedan crearse, ya que prácticamente tal y como está el marco jurídico de dichos Comités, se pueden crear tantos, que la funcionabilidad y representatividad está seriamente cuestionada. La intención de agregar el control social de los servicios públicos domiciliarios al accionar de las juntas de acción comunal no tiene otra intención diferente de la de utilizar adecuadamente la escala de participación social establecida en la Constitución Política.