Política

Número de Cámara: 373/05 No. Senado: 243/05

Por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo de complementación económico", suscrito entre los gobiernos de la República Federativa el Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, estados partes del Mercosur y los gobiernos de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina y el "Primer Protocolo adicional- régimen de solución de controversias", suscritos en Montevideo, Uruguay, a los dieciocho (18) días del mes de octubre de dos mil cuatro (2004).

Ministra de Relaciones Exteriores, Carolina Barco Isackson Ministra de Relaciones Exteriores, Carolina Barco Isackson
Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Jorge Humberto Botero Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Jorge Humberto Botero

Otros autores del proyecto

Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 30 de 2005

Sinópsis

El presente Acuerdo tiene los siguientes objetivos:
- Establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y la plena utilización de los factores productivos, en condiciones de competencia entre las Partes Contratantes;
- Formar un área de libre comercio entre las Partes Contratantes mediante la expansión y diversificación del intercambio comercial y la eliminación de las restricciones arancelarias y de las no-arancelarias que afecten al comercio recíproco;
- Alcanzar el desarrollo armónico en la región, tomando en consideración las asimetrías derivadas de los diferentes niveles de desarrollo económico de las Partes Signatarias;
- Promover el desarrollo y la utilización de la infraestructura física, con especial énfasis en el establecimiento de corredores de integración que permita la disminución de costos y la generación de ventajas competitivas en el comercio regional recíproco y con terceros países fuera de la región;
- Promover e impulsar las inversiones entre los agentes económicos de las Partes Signatarias;
- Promover la complementación y cooperación económica, energética, científica y tecnológica;
- Promover consultas, cuando corresponda, en las negociaciones comerciales que se efectúen en terceros países y agrupaciones del país extra regionales.

Abril 04 de 2005
Radicado
Abril 19 de 2005
Publicación
Gaceta 185/05
Junio 03 de 2005
Publicada ponencia primer y tercer debate
Gaceta 315/05 317/05
Junio 08 de 2005
Aprobado Primer y Tercer Debate
Septiembre 06 de 2005
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 614/05
Septiembre 15 de 2005
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 613/05
Septiembre 27 de 2005
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 739/05
Septiembre 28 de 2005
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 761/05 880/05
Diciembre 30 de 2005
Sancionado como Ley
Gaceta 35/06