Política

Número de Cámara: 03/05

Por medio del cual, se modifica la Ley 54 de 1989.

Carlos Moreno de Caro
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado en Debate Octubre 18 de 2005

Sinópsis

Los padres de común acuerdo podrán elegir el orden de los apellidos de sus hijos antes de la inscripción del nacimiento. Si los padres no hicieren ninguna manifestación al respecto, o si estuvieren en desacuerdo, se aplicará lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 54 de 1989. El orden de los apellidos inscritos para el primer hijo regirá para las inscripciones de los hijos posteriores en caso de existir.

Julio 20 de 2005
Radicado
Julio 29 de 2005
Publicación
Gaceta 453/05
Septiembre 05 de 2005
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 586/05
Octubre 18 de 2005
Archivado en Debate