Política

Número de Cámara: 162/98

Por la cual se desarrolla el artículo 103 de la Constitución de Colombia, en lo referente a los organismos de acción comunal.

Mario Uribe Escobar
Colombia Democrática
William Vélez Mesa
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2000

Sinópsis

La presente ley tiene pro objeto promover, facilitar, estructurar y fortalecer la organización democrática moderna y representativa de la acción comunal en Colombia en sus respectivos grados asociativos: juntas de acción comunal de barrio y vereda, asociaciones de acción comunal de municipio, comuna y corregimiento, federaciones de acción comunal y confederación nacional de acción comunal; a la vez pretende establecer un marco jurídico claro para sus relaciones con el Estado y con los particulares, así como para el cabal ejercicio de sus derechos y deberes.

Diciembre 15 de 1998
Radicado
Diciembre 18 de 1998
Publicación
Gaceta 354/98
Junio 10 de 1999
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 156/99
Junio 16 de 1999
Aprobado Primer Debate
Gaceta 249/99
Junio 20 de 1999
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 245/98
Junio 20 de 2000
Archivado por Tránsito de Legislatura