El presente proyecto de ley dicta medidas de prevención y seguridad industrial para el transporte escolar. Se establecen los requisitos mínimos a cumplir por las personas naturales o jurídicas, los acompañantes y los transportadores que presten el servicio de transporte escolar, se establece la velocidad máxima permitida, se prohíbe transportar escolares de pie, entre otras medidas relacionadas con el transporte escolar.