Política

Número de Cámara: 160/01 No. Senado: 20/01

Por el cual se reforman los artículos 365, 367 y 370 de la Constitución Nacional y se adiciona un artículo transitorio.

Jhony Aparicio Ramírez
Alianza Social Independiente
Francisco Canossa Guerrero
Liberal Colombiano
Gustavo Adolfo Guerra Lemoine
Movimiento Bolivariano
Alfonso Lizarazo Sánchez
Movimiento Reconstrucción Democrática Nacional
Nelly Moreno Rojas
Independiente Frente de Esperanza
Carlos Germán Navas Talero
Polo Democrático Alternativo
Gustavo Francisco Petro Urrego
Polo Democrático Alternativo
Gustavo Ramos Arjona
Liberal Colombiano
Edgar Antonio Ruiz Ruiz
Colombia Siempre
Luis Enrique Salas Moisés
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Vencimiento de Términos Junio 20 de 2001

Sinópsis

Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares. En todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y vigilancia de dichos servicios, con participación ciudadana. La ley ley fijará las competencias y responsabilidades relativas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, su cobertura, calidad y financiación y el régimen tarifario que tendrá en cuenta además de los criterios de costos, los de solidaridad, redistribución de ingresos y prevalencia del interés público. La Ley determinará las entidades competentes para fijar las tarifas, a las cuales deberá determinárselas un valor máximo de tal que siempre se preserve el interés público.

Marzo 22 de 2001
Radicado
Marzo 27 de 2001
Publicación
Gaceta 86/01
Abril 03 de 2001
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 111/01
Abril 04 de 2001
Aprobado Primer Debate
Gaceta 131/01 226/01
Abril 17 de 2001
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 131/01
Mayo 16 de 2001
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 244/01 314/01
Mayo 29 de 2001
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 259/01
Junio 20 de 2001
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