El Proyecto de ley en estudio, de origen parlamentario, pretende modificar algunas disposiciones del Código Penal respecto de los delitos sexuales, en aras de hacer efectivas las garantías constitucionales a través del ejercicio de la Potestad Punitiva del Estado, la cual encuentra fundamentos tanto de orden material o funcional como de orden político o formal en el Estado Social y Democrático de Derecho y que en aplicación de los principios constitucionales y legales, corresponde al legislador en el ejercicio de la atribución de configuración y determinación del delito, cumplir con la función de conminación penal en la que oriente el sentido de la ley de acuerdo a la prevención general, la protección a la comunidad y a los principios retributivos de la pena. Con el fin de asegurar la convivencia pacífica mediante la protección de todos los bienes jurídicos de los cuales son titulares los colombianos, debe consagrarse e institucionalizarse dentro del sistema punitivo, mecanismos que respondan a las necesidades de la sociedad y concretamente al peligro inminente que para su bienestar representa la evolución de la criminalidad, así como la efectiva aplicación de los principios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad de la pena, con los que se pretende prevenir y disuadir efectivamente el delito.