Política

Número de Cámara: 119/10 No. Senado: 66/11

Por la cual se crea la estampilla Prodesarrollo de la Unidad Central del Valle del Cauca – UCEVA, y se dictan otras disposiciones. [Estampilla Unidad Central del Valle del Cauca]

Dilian Francisca Toro Torres
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Germán Villegas Villegas
Conservador Colombiano
Alexander López Maya
Polo Democrático Alternativo
Mauricio Ernesto Ospina Gómez
Polo Democrático Alternativo
César Tulio Delgado Blandón
Conservador Colombiano
Edinson Delgado Ruiz
Liberal Colombiano
Hemel Hurtado Angulo
Partido de Integración Nacional (PIN)
Carlos Arturo Quintero Marín
Opción Ciudadana
Juan Carlos Rizzetto Luces
Partido de Integración Nacional (PIN)
Henry Humberto Arcila Moncada
Conservador Colombiano
Roosvelt Rodríguez Rengifo
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Juan Carlos Salazar Uribe
Opción Ciudadana
Heriberto Sanabria Astudillo
Conservador Colombiano
Juan Carlos Martinez Gutierrez
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Nancy Denise Castillo García
Liberal Colombiano
Heriberto Escobar González
Opción Ciudadana
Heriberto Arrechea Banguera
Movimiento de Inclusión y Oportunidades - MIO
Jairo Hinestroza Sinisterra
Partido de Integración Nacional (PIN)
Roberto Ortiz Urueña
Liberal Colombiano
Adolfo León Rengifo Santibañez
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Wilson Neber Arias Castillo
Polo Democrático Alternativo
Jairo Ortega Samboni
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U

Otros autores del proyecto

Estado actual: Sancionado como Ley Enero 24 de 2012

Sinópsis

La emisión de la estampilla Pro Desarrollo Unidad Central del Valle del Cauca (Uceva), cuya creación se autoriza, será hasta por la suma de cien mil millones de pesos ($100.000.000.000.00), el monto total recaudado se establece a precios constantes del año 2010. El valor correspondiente al recaudo por concepto de lo establecido en el artículo 1° de la presente ley se distribuirá y destinará para financiar el desarrollo de todas las actividades físicas, académicas, de investigación, extensión y proyección social, de bienestar académico de la Uceva, o sea, gastos de inversión. En funcionamiento solo se podrá destinar el porcentaje que decida el Consejo Directivo para el pago de docentes.

Octubre 06 de 2010
Radicado
Octubre 08 de 2010
Publicación
Gaceta 752/10
Noviembre 24 de 2010
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 1007/10
Diciembre 01 de 2010
Aprobado Primer Debate
Gaceta 1042/10
Diciembre 07 de 2010
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 1109/10
Agosto 02 de 2011
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 737/11
Septiembre 13 de 2011
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 713/11
Octubre 04 de 2011
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 873/11 953/11
Noviembre 21 de 2011
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 873/11
Diciembre 05 de 2011
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 946/11 37/12
Diciembre 07 de 2011
En Conciliación
Gaceta 957/11 960/11
Diciembre 13 de 2011
Aprobada Conciliación
Gaceta 62/12
Enero 24 de 2012
Sancionado como Ley
Gaceta 722/12