La emisión de la estampilla Pro Desarrollo Unidad Central del Valle del Cauca (Uceva), cuya creación se autoriza, será hasta por la suma de cien mil millones de pesos ($100.000.000.000.00), el monto total recaudado se establece a precios constantes del año 2010. El valor correspondiente al recaudo por concepto de lo establecido en el artículo 1° de la presente ley se distribuirá y destinará para financiar el desarrollo de todas las actividades físicas, académicas, de investigación, extensión y proyección social, de bienestar académico de la Uceva, o sea, gastos de inversión. En funcionamiento solo se podrá destinar el porcentaje que decida el Consejo Directivo para el pago de docentes.