Busca saldar de una vez por todas las cuentas que esta figura ha generado en nuestro ordenamiento jurídico, proponiendo su eliminación del área de intermediación, a fin de separar claramente la actividad solidaria cooperativa, cuya esencia es la ausencia de ánimo de lucro, de la actividad laboral, cuya esencia es la contratación de mano de obra por parte del empleador, a cambio de un salario o sueldo a favor del trabajador, con el propósito de que realice una actividad bajo condiciones de subordinación y en un espacio-tiempo determinado.