Toda universidad pública y privada en el territorio nacional está en la obligación de ofrecer en la modalidad virtual y a distancia programas de pregrado y posgrado. Los programas ofrecidos en el modo virtual y a distancia no pueden ser inferiores al 80% de los programas que la universidad correspondiente ofrece en la modalidad presencial. Los requisitos formales para optar por un título en esta modalidad, de ninguna manera serán menos rigurosos que los exigidos por la modalidad presencial.