Política

No. Senado: 251/02

Por la cual se adiciona el artículo 1° del Decreto-ley 1874 de 1979.

Ministro de Defensa Nacional, Gustavo Bell Lemus Ministro de Defensa Nacional, Gustavo Bell Lemus
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2004

Sinópsis

Adiciónase el artículo l° del Decreto-ley 1874 de 1979, por medio de la cual se crea el Cuerpo de Guardacostas y se dictan otras disposiciones, en el sentido de indicar que el Cuerpo de Guardacostas dependiente de la Armada Nacional, además de cumplir con la finalidad allí establecida, también ejercerá la soberanía, f unciones principales y misiones particulares, en los ríos limítrofes navegables de la Nación, en las áreas determinadas conforme a los Tratados Internacionales vigentes, suscritos con cada uno de los países limítrofes.

Mayo 17 de 2002
Radicado
Mayo 23 de 2002
Publicación
Gaceta 175/02
Junio 04 de 2002
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 210/02
Junio 05 de 2002
Aprobado Primer Debate
Gaceta 261/02
Junio 07 de 2002
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 212/02
Junio 19 de 2003
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 328/03
Junio 20 de 2004
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