Política

Número de Cámara: 61/13 No. Senado: 17/12

Por la cual se establece en Colombia, la figura del Defensor de las Víctimas de la Movilidad y se definen los mecanismos de participación de los usuarios del transporte público en Colombia. [Defensor de las Víctimas de la Movilidad]

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Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

Los organismos de tránsito, implementarán la figura del Defensor de las Víctimas de la Movilidad, que será ejercida al menos por un profesional del derecho, que se ocupará de informar, asesorar, y representar legalmente en los casos previstos en esta ley a las personas que sientan afectados sus derechos en temas de movilidad.

Julio 20 de 2012
Radicado
Julio 24 de 2012
Publicación
Gaceta 454/12
Octubre 16 de 2012
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 703/12
Marzo 20 de 2013
Aprobado Primer Debate
Gaceta 431/13
Junio 18 de 2013
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 431/13
Julio 31 de 2013
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 603/13 716/13
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura