El presente proyecto de ley tiene como intención, crear la normatividad necesaria para impulsar la creación de proyectos habitacionales de "Segunda Vivienda", la segunda vivienda consiste nominalmente según la ponencia del gobierno: una habitación temporal o permanente, vivienda que en caso de esta ley estará destinada para ser comprada por pensionados extranjeros, o por inversionistas de capital en el exterior de origen nacional o extranjero. Inicialmente hay que señalar que esta ley no ha sido una estrategia proyectada para la promoción de inversiones, dado que al revisar los componentes del Plan Nacional de Desarrollo no aparecen alusiones al tema, ni dentro de los componentes de vivienda, ni dentro del de inversiones.