Política

No. Senado: 137/13

Por la cual se consulta al pueblo para convocar una Asamblea Constituyente que reforme la Constitución Política en lo relacionado con la Justicia y la elección de sus delegatarios. [Asamblea Constituyente para reforma judicial]

Juan Carlos Vélez Uribe
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

El objeto de la presente ley es convocar al pueblo colombiano para que en votación popular decida si una asamblea constituyente acorde al artículo 376 de la Constitución, reforme parcialmente la Constitución, con competencia excepcional para modificar las normas constitucionales contenidas en el Título VIII relativas a la administración de justicia, la Rama Judicial y las normas constitucionales concordantes que sin pertenecer al mismo título confluyan con la administración de justicia. Se entenderá que el pueblo convoca la asamblea constituyente, si así lo aprueba, cuando menos, una tercera parte de los integrantes del censo electoral. La asamblea deberá ser elegida por el voto directo de los ciudadanos, en acto electoral que no podrá coincidir con otro. La consulta para convocar la asamblea constituyente para reformar parcialmente la Constitución Política en lo relacionado con la administración de Justicia, y la elección de sus delegatarios se verificarán en dos actos separados. A partir de la elección de los miembros de la asamblea constituyente, quedará en suspenso por el período de sesiones que determine esta ley, la facultad ordinaria del Congreso para interpretar, reformar y derogar las normas constitucionales relacionados con la administración de justicia que se sometan al conocimiento de la asamblea constituyente, relacionadas en la presente ley.

Octubre 31 de 2013
Radicado
Octubre 31 de 2013
Publicación
Gaceta 879/13
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura