CARLOS ENRIQUE SOTO JARAMILLO SENADOR DE LA REPUBLICA
RENDICION DE CUENTAS A LA SOCIEDAD RISARALDENSE PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2011:
Con el deber que me asiste como dirigente político de rendir cuentas a la sociedad Risaraldense, me permito presentarles el balance de lo que ha sido la labor que he desarrollado durante el primer semestre del año 2011, en el aspecto legislativo y de gestión ante las diferentes entidades del orden nacional en beneficio de la región.
- I. ACTIVIDAD LEGISLATIVA.
- A. PROYECTOS DE LEY PRESENTADOS A CONSIDERACIÓN DEL CONGRESO:
- A. INICIATIVAS DE LAS CUALES HE SIDO AUTOR:
- PROYECTO DE LEY POR MEDIO DE LA CUAL LA NACION SE ASOCIA A LA CELEBRACION DE LOS 150 AÑOS DE LA FUNDACION DEL MUNICIPIO DE PEREIRA Y RINDE PUBLICO HOMENAJE A SUS HABITANTES.
Estado actual: Fue aprobado en el Senado en la presente legislatura, ya inició el estudio en comisión II de la Cámara de Representantes.
- coautor: Proyecto de ley 220 de 2011 Senado de la Republica –Programa Familias en Acción-
El proyecto de Familias en Acción cuenta con 25 artículos, en los que se establece qué:
El programa está destinado a entregar un subsidio de educación y nutrición a los menores de 18 años que integran las familias pertenecientes a niveles 1 y 2 del SISBEN, o se encuentran incluidas en el SIPOD como desplazadas, o son indígenas en extrema pobreza y se pondrá en marcha mediante la entrega de ayudas económicas condicionadas a que la familia garantice la asistencia de los menores a las citas de control de crecimiento y desarrollo, y a las clases de sus respectivos colegios.
- LEY 1432 DE 2011 POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA UN PARÁGRAFO AL ARTÍCULO 6° DE LA LEY 3ª DE 1991 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. (SUBSIDIOS DE VIVIENDA)
Busca que los beneficiarios de un subsidio de vivienda por parte de entidad estatal, puedan recibir uno nuevo, prorrateado con el primero, cuando su vivienda se vea afectada por un desastre natural o accidental; por la declaratoria de calamidad pública o estado de emergencia, atentados terroristas, pérdida de la vivienda de habitación como consecuencia de una dación en pago o remate judicial.
- LEY 1431 DE 2011 POR MEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTA LA VOTACION NOMINAL.
- Proyecto de ley Por medio de la cual se establecen algunos parámetros para definir la situación militar.
El proyecto de ley en referencia consta de 5 artículos, en los que se pretende:
1- Que las personas de estrato 1, 2 y 3 en vez de pagar las sanciones económicas de la ley 48 de 1993, presten un servicio social de 2 meses.
2- Que los distritos militares dejen de aplazar la definición de la libreta militar de las personas que no aspiran a ingresar a las escuelas de formación de oficiales, suboficiales y agentes.
3- Que todos los mayores de 25 años de edad, puedan acudir cualquier día hábil y a cualquier distrito militar, para que ese mismo día le definan su situación militar.
Estado actual: se rindió ponencia para primer debate comisión II del Senado.
- proyecto de ley Por medio de la cual se crea como obligatoria la Cátedra de Educación Ambiental y se dictan otras disposiciones.
Esta propuesta normativa tiene como propósito fundamental establecer la cátedra de educación ambiental, en los colegios departamentales, distritales y municipales, tanto públicos como privados; creando conciencia y sensibilización en los niños, niñas, adolescentes y en los demás entes relacionados en el tema: padres, colegios, entidades gubernamentales.
Estado Actual: Aprobado en primer debate en la Comisión VI de Senado, tiene informe de ponencia para segundo debate, plenaria de Senado.
- PROYECTO DE LEY POR MEDIO DE LA CUAL SE ADICIONA UN CAPITULO A LA LEY 962 DE 2005 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. (EXCENCION DE PAGO DEL CERTIFICADO CATASTRAL LIBRETAS Y SUBISIDIOS DE VIVIENDA).
Mediante esta iniciativa se establece exención del pago del certificado a:
- Las personas que desean liquidar el pago de la cuota de compensación militar, para aquellos inscritos en el Sistema de Identificación y Selección de Beneficiarios (SISBEN) pertenecientes a los niveles 1, 2 y 3.
- Las personas que solicitan y pretenden ser beneficiarias de un subsidio de Vivienda de Interés prioritario, otorgado por el Gobierno Nacional o los entes territoriales, siempre y cuando estén inscritos en el Sistema de Identificación y Selección de Beneficiarios (SISBEN) pertenecientes a los niveles 1 y 2.
Estado actual: Esta iniciativa aprobada en el anterior Semestre en el Senado, fue aprobada en primer debate por la Comisión I de la Cámara.
- PROYECTO DE LEY POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONAN LAS LEYES 136 DE 1994 Y 617 DE 2000.
Ésta iniciativa faculta a los alcaldes para que previa aprobación de los Concejos municipales, puedan comprometer recursos públicos destinados a cubrir la cotización de seguridad social en salud a los miembros de las Juntas Administradoras Locales, así mismo busca la exclusión de los familiares de los miembros de las JALS del régimen de incompatibilidades propio de los miembros de las corporaciones públicas.
Estado Actual: Fue archivado por vencimiento de términos legislativos en la Comisión Primera de la Cámara.
- AUTOR DEL PROYECTO DE LEY MEDIANTE LA CUAL SE ADICIONA UN INCISO AL ARTÍCULO 183 DE LA LEY 115 DE 1994. GRATUIDAD DE LA EDUACION.
Tiene por objeto que las poblaciones estudiantiles socialmente menos favorecidas pertenecientes a los estratos 1, 2, y 3 del SISBEN, queden excluidos del cobro de derechos académicos, tales como matrículas, pensiones y materiales educativos en las instituciones del Estado, cuya financiación provendrá directamente del Estado, de tal manera que se le dé un cumplimiento real a lo dispuesto en el artículo 67 de la Constitución Política de 1991.
Estado actual: Esta iniciativa fue archivada por vencimiento de términos en la comisión VI de la Cámara de Representantes.
COAUTOR PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO POR EL CUAL SE REFORMA AL ARTÍCULO 67 DE LA CONSTITUCION POLITICA. (Gratuidad de la Educación)
Estado Actual: Esta iniciativa aprobada en Comisión Primera y la plenaria del Senado, inicia su estudio en la cámara de Representantes en la próxima legislatura.
- A. iniciativas como ponente:
ley de ordenamiento territorial
Aspectos relevantes:
- Pone en marcha las Zonas de Inversión para la superación de la pobreza. Uno de los factores de medición es la tasa de desempleo.
- Define los criterios de aplicación de los recursos de los Fondos de Compensación Territorial y de Desarrollo regional.
- Establece los principios para la ejecución de proyectos regionales como el Tren del Caribe, nuevas autopistas y puertos.
- Crea las regiones de Planeación, Gestión, Administrativas y de planificación.
- Plantea un modelo de integración regional que promueve las alianzas entre los municipios para la generación de economías a escala.
Esta iniciativa, tiene la virtud de empezar a desarrollar los artículos 285, 297, 298, 302, 306, 307, 319 y 321 de la Constitución Política.
- Es importante porque profundiza en la Descentralización.
- Desarrolla la Comisión de Ordenamiento Territorial, (COT) como un organismo de carácter técnico asesor al Gobierno Nacional y a las Comisiones Especiales de Seguimiento, al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, así como en la definición de políticas y desarrollos legislativos relativos a la organización territorial del Estado. Es importante, resaltar que no será una integración forzosa de la nación hacia las entidades territoriales, ya que éstas participaran en el proceso por medio de las Comisiones Regionales de Ordenamiento Territorial.
COORDINADOR DE PONENTES DEL PROYECTO DE LEY “POR LA CUAL SE ADOPTAN REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS, DE LOS PROCESOS ELECTORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”. (Reforma Política).
Dentro de los aspectos más importantes que regula esta iniciativa se encuentran:
- La financiación de los Partidos y las campañas políticas.
- Reglamentación de las consultas.
- Las sanciones a los partidos.
- El voto electrónico
- Las consultas interpartidistas
Estado actual: ésta iniciativa que ya fue revisada por la Corte Constitucional está pendiente de la sanción presidencial.
- proyecto de ley jueces de paz
Tiene como fin, que la Justicia de Paz llegue a todos los rincones de Colombia. Por ello, se ha previsto que por lo menos en cada municipio deba existir un juez de paz.
La justicia de paz, se reestructura para eliminar cierto descontrol administrativo que se ha presentado, de forma que el Consejo Superior de la Judicatura pueda controlarla y destinar los recursos necesarios para su estabilidad.
Si bien, los jueces de paz seguirán siendo elegidos democráticamente, se abre la puerta a que puedan ser seleccionados por concurso, siempre que la respectiva municipalidad no muestre la participación democrática necesaria.
Los jueces de paz, recibirán una educación y capacitación constante, de forma que puedan interrelacionarse con sus congéneres, y consolidar una buena justicia de paz.
Se interrelaciona la justicia de paz y la conciliación en equidad, de forma que en el futuro, las personas que quieran ser jueces de paz deban ser conciliadores en equidad primero. Sin embargo, siendo que no existe la conciliación en equidad en todo el territorio nacional, se podrá sustituir este requisito con un diplomado en conciliación.
Se fijan en concreto que actos procesales deben ser cancelados por las partes. Sirva como ejemplo, el de la notificación.Se permite que el Gobierno y las autoridades departamentales y municipales ideen formas para recompensar el buen servicio de la justicia de paz.
- PROYECTO DE LEY POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO Y “LOS REQUISITOS PARA EL REGISTRO CIVIL DE MENORES COLOMBIANOS.
El objeto es el de subsanar el vacío jurídico que se presenta en el registro civil de menores, en aquellos casos en que el bebé nace en una circunscripción territorial diferente al del lugar de residencia de su núcleo familiar, y en dicho lugar se lleva a cabo el registro, sin que haya actualmente posibilidad de hacer el traslado de dicho documento afectando para el menor, la familia del mismo y los entes territoriales una problemática patrimonial y cultural, que se ocasiona por el hecho de inscribir el registro civil de un menor en un lugar diferente al de su domicilio.
Mediante la iniciativa se busca que los padres que hayan registrado a sus hijos en una circunscripción territorial diferente al lugar de residencia del menor y su núcleo familiar podrán solicitar el cambio de registro por una sola vez, dentro de los cinco (5) años siguientes al nacimiento del menor sujeto a inscripción.
Se permite la retroactividad de la norma, Los niños nacidos dentro de los veinte y cuatro meses (24) meses anteriores a la sanción de la presente ley gozaran de los beneficios contenidos en la misma.
Se faculta al Gobierno Nacional para establecer estrategias de Cooperación Internacional, que permitan el desarrollo de proyectos estratégicos con otros Estados, para promover el correcto registro de los menores en sus debidos municipios.
- PROYECTO DE LEY ACUMULADOS 112-124 POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES SOBRE RACIONALIZACION DE TRAMITES Y PROCEDIMIENTOS en la Administracion publica
- Se establece un término para el fortalecimiento tecnológico, se fija un plazo de 24 meses para todas las entidades del orden nacional, 36 meses para las entidades del orden departamental y 48 meses para las entidades del orden Distrital.
Se consagra la posibilidad de la imposición de una sanción disciplinaria cuando haya negligencia en la implementación, cuando sea de carácter dolosa por parte de los funcionarios encargados.
- Prohibiciones de exigencia de presentaciones personales para probar supervivencia. Ninguna autoridad podrá exigir presentaciones personales para probar supervivencia.
Los Organismos, Entidades, Corporaciones y Funcionarios del Estado que requieran constatar la supervivencia de algún ciudadano, deberán obtener la información a través del registro de defunciones actualizado en línea.
El Certificado de Supervivencia será necesario solamente cuando la persona se encuentre residenciada fuera del país en sitio donde no exista representación consular colombiana, y en todo caso cuando hayan pasado seis (6) meses desde su última presentación.
- Se simplifican los requisitos para el acceso al empleo público se establece que no solo los nacionales sino que también los extranjeros, no se les exija presentar los siguientes documentos: Libreta Militar, Certificado Judicial, Certificado de Responsabilidad Fiscal y Certificado de antecedentes y los similares que existan en el orden Departamental, Distrital o Municipal.
- Se establece que el ICFES y el Ministerio de Relaciones Exteriores acordarán los aspectos logísticos relacionados con la presentación de los exámenes del Estado cuando quienes lo requieran se encuentren en el exterior.
Se señala que las instituciones de educación superior podrán en uso de su autonomía, admitir estudiantes que hayan cursado la educación media en el exterior, bajo la condición que durante el primer año de estudios tomen el Examen de Estado ICFES SABER 11º.
Se determina que el examen de Estado de Calidad de la Educación Superior ICFES SABER PRO no será obligatorio para los estudiantes que se encuentren en el exterior cursando parte de su programa académico, cuando la Institución de educación superior así lo acredite y cuando a juicio de esta última les sea imposible presentarlo en Colombia.
- Registro de la firma y la huella de los colombianos detenidos en penitenciarías o centros de detención extranjeros.
- Se establece que los ciudadanos en el exterior podrán solicitar a través de la oficina consular o embajada colombiana, o de la oficina que tenga asignada la función de registro civil, copia física de las inscripciones de registro civil de nacimiento, matrimonio y defunción, sin importar si estas se encuentran en Colombia o en el exterior. Se faculta a La Registraduría Nacional del Estado Civil para que reglamente la forma de ejercicio de este derecho y establecer el costo que debe asumir el solicitante.
12 Se establece que a partir el 1° de enero de 2013 todas las copias de los registros civiles podrán ser solicitadas vía Internet.
13 Para contribuir a prevenir el delito de tráfico de menores de edad, se exige que quien vaya a salir del país con el menor, presente el respectivo registro civil de nacimiento, para acreditar el parentesco y facilitar las verificaciones correspondientes por parte de la autoridad de control migratorio
La constancia de vigencia del permiso de múltiples salidas no podrá tener una anterioridad superior a seis (6) meses, en aras de prevenir cualquier delito que se pueda cometer hacia los menores.
En los casos que no pueda presentarse la autorización de uno o de los dos padres por situaciones jurídicas debe entregarse ante la autoridad migratoria el documento que acredite tal situación, dándose prevalencia al permiso de salida del país, otorgado por el Defensor de Familia sobre el impedimento de salida que pudiere esgrimirse por parte de alguno de sus progenitores.
- Proyecto de acto legislativo No. 20 de 2010 sobre accion penal(Art 235, 250 y 251 CP.)
El proyecto permitirá que la víctima de un delito, pueda presentar la acción penal ante el juez. Para ello, el legislador atendiendo la naturaleza del bien jurídico y la menor lesividad de la conducta punible, fijará que conductas pueden ser conocidas a través de la acción particular.
Injuria; Calumnia; Hurto simple; Abuso de confianza; Daño en bien ajeno.
- acto legislativo No. 01 DE 2011 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADICIONA UN PARAGRAFO AL ARTICULO 183 DE LA cONSTITUCION POLITICA.(impedimentos para la votación de reformas Constitucionales).
Establece que cuando se trate de reformas constitucionales no procede la presentación de impedimentos, tampoco procederá cuando se trate de votar enmiendas constitucionales.
- B. otras iniciativas importantes aprobadas:
- Proyecto de ley de seguridad ciudadana
En una extensión de 150 artículos, se desarrollan la conservación y el restablecimiento del orden público y entre otros fines de la iniciativa se destacan:
- 1. Permitirá hacer allanamientos después de las 6:00 p.m. sin necesidad de la Procuraduría, aunque sí será necesario el pedido de un juez.
- 2. a las personas que sean sorprendidas por medio de una cámara de video o de seguridad cometiendo un delito. Incluirá en el término de
- 3. Establece que aquellos menores de edad que cometan un homicidio, secuestren, extorsionen o cometan delitos sexuales, no saldrán libres a los 21 años y continuaran pagando su condena hasta terminarla.
- 4. Habrá jueces de control de garantías de reacción inmediata para operar en cualquier lugar del país.
- 5. Integra a la Policía en la vigilancia de las personas que se encuentran bajo detención domiciliaria o vigilancia electrónica.
- 6. También se modifica el régimen de responsabilidad de adolescentes, aumentando las sanciones y garantizando que estas se cumplan en su totalidad y en centros adecuados que permitan su seguridad y resocialización.
- 7. Introducen nuevas causales para el cambio de lugar de radicación de los procesos y de los imputados afectados con medida de aseguramiento, con el fin de garantizar la seguridad de las partes implicadas en los procesos y la seguridad nacional.
- 8. Modifica profundamente el proceso de extinción de dominio para garantizar que el mismo sea eficaz y expedito.
- 9. Se modifica el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o municiones para que también incluya los accesorios y partes esenciales y las armas de fabricación artesanal; se aumenta la pena al porte ilegal de armas para que no sea excarcelable.
10. Fija ciertas restricciones, tales como que 300 metros alrededor de los hospitales, centros de salud e instituciones educativas, no pueden funcionar establecimientos de comercio donde se expendan y consuman bebidas embriagantes
11. Modificación y creación de tipos penales:
- Por lavado de activos: Hasta 30 años de cárcel.
- ·Por manipular o reprogramar celulares: Hasta 8 años de cárcel con multa de hasta 700 salarios mínimos.
- Por traficar con autopartes, medicamentos y armas de fuego: Penas de 9 a 11 años de cárcel sin excarcelación.
- Por utilizar o inducir menores al delito: Entre 10 y 17 años de cárcel.
- Por bloquear vías: Máximo dos años de cárcel, aunque es excarcelable.
- · Por financiar terrorismo: Hasta 22 años de cárcel con multas de hasta 15 mil salarios mínimos.
- Por traficar flora y fauna: Hasta 9 años de cárcel y 35 mil salarios mínimos.
- Por traficar menores: Entre 30 y 60 años de prisión.
- Por hacer minería ilegal: Hasta 12 años de prisión
- Proyecto de ley estatuto anticorrupción
El proyecto de ley del Estatuto Anticorrupción dota a la Fiscalía, a la Contraloría, a la Procuraduría, de importantes instrumentos, no sólo para combatir la corrupción, sino para adelantar de manera expedita los procesos.
- Prohíbe a quienes financien campañas políticas ser contratistas del Estado, por el período para el cual haya sido elegido el respectivo candidato.
- Se dota el Presidente de la República de la posibilidad de nombrar directamente a los responsables de las oficinas de control interno en las entidades nacionales dotando a estos funcionarios de una mayor eficacia.
- Se establecen importantes medidas administrativas y penales para proteger los recursos del sector salud. En ese sentido, se crea un sistema de información para el reporte de eventos sospechosos de corrupción y se establecen tipos penales severos como la estafa sobre recursos del sector salud; la especulación y el agiotaje de medicamentos; la omisión de control en este sector; el peculado por aplicación diferente de los recursos de la salud, entre otros.
- Se excluye a quienes hayan sido condenados por delitos de corrupción de beneficios como la casa por cárcel.
- Se permite la realización de operaciones encubiertas donde agentes del Estado infiltren organizaciones criminales dedicadas a la corrupción, facilitando así las investigaciones. A su turno, se da la posibilidad de que en los delitos de cohecho se aplique el principio de oportunidad.
- Se establece un procedimiento verbal ágil para las actuaciones disciplinarias y fiscales de manera tal que se disminuya la impunidad en las mismas.
- Se da lugar a un régimen contractual que garantice un mejor uso de los recursos estatales mediante figuras como la obligación de que los anticipos de contratos públicos se manejen a través de fiducias; un régimen más severo de multas y sanciones para contratistas incumplidos; la obligación de que los proyectos a contratar cuenten con adecuados estudios previos y un sistema que garantice transparencia en la contratación de mínima cuantía.
- Se hace de la lucha contra este flagelo una política de Estado mediante la creación de la Comisión Nacional para la Moralización y convierte a la sociedad civil en una aliada mediante la labor de la Comisión Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción.
- Proyecto de acto legislativo No. 15 de 2010 sobre Provisionales y carrera administrativa
Se busca la homologación de las pruebas generales y específicas del concurso por la experiencia, para que de esta manera se pueda valorar de una forma equitativa y en igualdad de condiciones, los procesos de preselección de las personas que aspiren a tener un cargo de carrera.
- Proyecto de acto legislativo sobre Regalías
Las regalías, cuyo estimativo en 2011 se sitúa en seis billones de pesos 82% proveniente de petróleo y gas—, son compensaciones a las entidades territoriales por la explotación y transporte de sus recursos naturales no renovables, las cuales son administradas por la Agencia Nacional de Hidrocarburos e Ingeominas, y están destinadas a financiar proyectos de impacto local y regional, siendo los departamentos uno de los principales beneficiarios (49% en promedio desde mediados de los 90).
- plan nacional de desarrollo
El Plan Nacional de Desarrollo cuesta 564 billones de pesos, y pretende alcanzar la paz, el progreso social, mayor dinamismo económico, desarrollo sostenible y empleo.
Para las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios; se prevén:
11.824 billones de pesos para crecimiento
18.212 billones de pesos para generar igualdad de oportunidades, 5.399.billones de pesos para sostenibilidad ambiental y prevención del riesgo, para un total de 35.673 billones de pesos aproximádamente.
- Proyecto de Ley PREMIO A LOS 50 mejores promedios académicos.
Garantiza que los 50 mejores promedios académicos logrados cada semestre en Universidad pública o privada, obtengan una beca para cursar especialización, maestría o doctorado, en Colombia o en el Exterior.
Para dichos efectos se exige que la persona que aspire a obtener la beca, sea profesional, haya obtenido un promedio académico de 4.00 o superior, no tenga pérdida ninguna asignatura, ni antecedentes penales y sea Colombiano de nacimiento. Para ello debe solicitar la beca a la que aspira el semestre inmediatamente siguiente de la fecha de grado profesional.
Se establece igualmente que las 50 becas se adjudicarán de mayor a menor en orden descendente, donde la mayor nota es 5 y la menor 4. La Beca, consiste en el pago del postgrado, una ayuda económica, de sostenimiento, de pasajes, y de materiales educativos.
- No inclusión de antecedentes penales o reseña delictiva en los certificados judiciales.
Señala que al expedir el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), el certificado judicial al peticionario de sus propios registros, no se incluya como antecedente penal las anotaciones delictivas, cuando ya haya cumplido su pena o la misma haya prescrito.
De igual manera, deroga la Resolución Interna número 1157 del 2008 del DAS, mediante la cual se reglamenta el modelo de certificado judicial, expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad, que permite la leyenda de que el ciudadano registra antecedentes, pero ya no es requerido por autoridad judicial. Lo anterior, ha originado numerosas acciones de tutela.
Contiene una salvedad a esa exclusión de los antecedentes del pasado judicial. En casos, como el abuso, explotación y turismo sexual infantil, se mantendrá la mención a los antecedentes de quienes hayan cometido estos delitos.
ley 1448 - ley de victimas
- Aspectos importantes frente a las víctimas:
- 1. Las víctimas podrán ser reparadas de manera integral.
- Importa la condición de víctima y no la identidad del victimario: las víctimas serán reparadas independientemente si el agresor ha sido un guerrillero, paramilitar o un agente del Estado.
- Habrá indemnización: no será necesario esperar un largo proceso judicial, las víctimas que se reporten como tal serán reparadas por vía administrativa, la cifra no sobrepasará en todo caso los $40 millones.
- 1985 y 1991, fechas para la reparación: la ley comprende varios periodos de aplicación; en el caso de la reparación integral de las víctimas, serán favorecidas las personas que se hayan convertido en víctimas a partir del 1º de enero de 1985. En caso de la restitución de tierras, esta favorecerá a los despojados desde el primero de enero de 1991; en ambos casos la vigencia va hasta diez años después de entrada en vigencia la ley. Quienes sean víctimas del conflicto desde la fecha hasta el 2021 también tendrán derecho a reclamar.
- Cerrojo a demandas: La ley incluye un contrato según el cual, si la víctima escoge ser reparada vía administrativa, desiste de demandar al Estado por la misma causa, pero no queda inhabilitado para demandar al victimario.
- Agencia especial: Las funciones de Acción Social pasan al Departamento Administrativo para la Reparación y la Inclusión. Tendrá una Unidad para la Atención y Reparación y se crea el centro de Memoria Histórica y el Registro Único de Víctimas.
- Aspectos claves en el tema de tierras:
- Restitución mediante procesos rápidos: Se crea la jurisdicción de tierras, cuya responsabilidad recae en los jueces penales del circuito ( resultados en máximo 4 meses)
- Poseedores deben demostrar la propiedad: se invierte la carga de la prueba, bajo el principio de la buena fe, el Estado confiará en las denuncias de las víctimas de despojo, los denunciados deberán demostrar los derechos de las tierras en litigio.
- Segunda instancia para reclamaciones: para evitar demandas temerarias o tramposas, se creó una segunda instancia en la Corte Suprema de Justicia , a la que podrán acudir quienes se consideren injustamente tratados, la restitución queda en manos del Ministerio de Agricultura.
- Proyecto de ley de inteligencia y contrainteligencia
Aspectos relevantes:
Serán sancionados los servidores públicos que manejen información privilegiada y la filtren o trafiquen, con lo cual se regulan las labores de inteligencia y se determina penas que irían de 4 a 8 años de prisión.
Se establecen términos de la información clasificada, es decir que la información de inteligencia gozará de reserva por 30 años y el Presidente tendrá la discrecionalidad de aumentar el término con una prórroga de 15 años.
En cuanto a la labor de los periodistas, se incluyó un artículo en el proyecto, en el que se excluye a los profesionales de ese campo y a los medios de comunicaciones de los alcances de la ley. El artículo indica que el mandato de la reserva no vincula a periodistas ni a medios de comunicaciones, siempre y cuando ejerzan lícitamente la función informativa.
Establece la creación de una comisión de Congresistas, integrada por todos los Partidos que tengan asiento en el Legislativo, para hacer veeduría sobre los gastos reservados del Estado, como pagos de recompensas a informantes.
VIVIENDA Y CIUDADES AMABLES: Los Alcaldes de los municipios, y distritos, en el marco de sus competencias, definirán metas mínimas para la gestión, financiamiento y construcción de Vivienda de Interés Social. En los municipios y distritos con población urbana superior a los 300.000 habitantes sólo se requerirá licencia de urbanización y por consiguiente no será necesario adelantar plan parcial en los siguientes 2 casos: Cuando no supere las 10 hectáreas y tenga disponibilidad inmediata de servicios públicos que garanticen la continuidad del trazado vial; y un sólo predio urbanizable cuya área supere las 5 hectáreas que cuente con disponibilidad inmediata de servicios públicos
GESTIÓN AMBIENTAL Y DEL RIESGO DE DESASTRE: Los Municipios podrán designar áreas protegidas locales en las categorías de Parque Natural Local, Santuario de Vida Silvestre, reserva de uso sostenible, refugio de vida silvestre, reserva de servicios ecosistémicos y parques ecológicos recreativos, de conformidad con la reglamentación que se expida. Las funciones que la presente Ley reconoce a esas entidades territoriales se ejercerán en los términos de las competencias otorgadas por la Constitución Política y la Ley 99 de 1993.
- Ley 1445 sobre el Deporte Profesional:
- Convierte las corporaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que cuenten con deportistas profesionales en corporaciones deportivas o en sociedades anónimas, de forma que se le permite al Estado ejercer un mejor control sobre los dineros que estas formas asociativas manejan.
- Para determinar la procedencia de los capitales, toda asociación de este tipo debe remitir la información financiera a la UIAF. Igualmente, la vigilancia y el control de este tipo de sociedades estarán a cargo de Coldeportes y la Superintendencia de Sociedades.
- Resulta relevante señalar, que las asociaciones así reconocidas, pueden perder su reconocimiento deportivo, bien porque dejen de cumplir con su asistencia a los campeonatos, o cuando presenten atraso en los pagos salariales y parafiscales por término superior a los 60 días.
- Como novedad, el proyecto presenta 3 artículos que pretenden garantizar la convivencia en los espectáculos deportivos, de manera que sanciona económicamente e impide el acceso del infractor a espectáculos de ese tipo por conductas tales como el ingreso de armas, estupefacientes o la agresión física y verbal.
- Ley 1444 de 2011 facultades presidenciales extraordinarias.
Se aprobó la ley de facultades extraordinarias al Presidente por seis meses, facultades especiales para reformar el Estado, al crear nuevos Ministerios y la liquidación de entidades como el DAS y la DNE.
Se van a crear los Ministerios de Justicia, Salud, Trabajo, Vivienda y el Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
La liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes, DNE, la cual se dividirá en dos, una parte pasará al Ministerio de Hacienda que se encargará de administrar los bienes incautados y la otra a la política antidrogas, que será un viceministerio en Minjusticia.
Igualmente la creación de la nueva central de inteligencia, la cual reemplazará al Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.
- Acto Legislativo de Sostenibilidad fiscal:
El proyecto de acto legislativo que define a la sostenibilidad fiscal como un principio que debe guiar al sector público y regir al Plan Nacional de Desarrollo y al Presupuesto Nacional, permitirá junto a una adecuada regla fiscal contribuir al crecimiento económico del país.
La importancia de este proyecto reside en el reconocimiento de que toda sociedad dispone de una cantidad limitada de recursos con los cuales debe atender múltiples necesidades. La senda de gasto que adopta un país no debe socavar la capacidad de provisión de los derechos económicos y sociales y los demás objetivos del Estado en el mediano plazo. Además en Colombia existe una reducida conciencia, presente en otros países, de que el aumento en el gasto público se traduce en mayores impuestos en el futuro.
La ausencia de sostenibilidad fiscal puede llevar a convertirse en crisis fiscales y cambiarias que generan inestabilidad, reducen el crecimiento económico de largo plazo, aumentan la pobreza y el desempleo y disminuyen la capacidad de garantizar los derechos económicos y sociales. El incremento de la deuda pública obliga a la apropiación de mayores recursos para servir la deuda, desviándola de otros objetivos y puede conducir a que en momentos de crisis se cierre la disponibilidad de crédito.
- Reglamentadas las actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel.
Busca regular el desarrollo y el ejercicio de las actividades de mercadeo denominadas multinivel, incluyendo entre otros, el denominado mercadeo en red y cualquier otra forma o denominación que materialmente constituya esta actividad.
Señala la iniciativa aprobada que el Gobierno nacional buscará preservar la transparencia en las actividades multinivel; la buena fe; la defensa de los derechos de las personas que participen en la venta y distribución de los bienes o servicios que se comercializan bajo este método y de los consumidores que los adquieran; la protección del ahorro del público y en general, la defensa del interés público.
- Se implementa el certificado de actitud psicofísica para el porte y tenencia de armas.
Establece la exigencia del certificado de aptitud psicofísica para el personal vinculado a los servicios de vigilancia y seguridad privada que deban portar o tener armas de fuego, teniendo en cuenta el desarrollo legal que ha tenido la obtención del certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego. Será realizado, sin ningún costo, por las empresas prestadoras de salud a la cual estén afiliados
Establece como una responsabilidad de las alcaldías y concejos municipales, que en los actos administrativos expedidos en desarrollo de la presente ley, estimulen a la sociedad a entender y proteger la actividad del reciclaje y la recuperación ambiental, así como propender por incentivar la asociatividad dentro de los recuperadores ambientales y hacer ingentes esfuerzos en la protección de esta población, quienes deberán hacer la recolección de los residuos en forma organizada y limpia.
OTRAS LEYES IMPORTANTES SANCIONADAS EN ESTE PRIMER SEMESTRE:
- Ley 1453. Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.
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- Ley 1451. Por la cual se efectúan unas modificaciones al presupuesto general de la Nación para la vigencia fiscal de 2011.
- Acto legislativo 02. Por el cual se deroga el artículo 76 y se modifica el artículo 77 de la Constitución Política de Colombia.
- Ley 1450 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014.
- Ley 1447.Por la cual se desarrolla el artículo 290 de la Constitución Política (Diferendos limítrofes).
- Ley 1438.Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en salud y se dictan otras disposiciones.
- Ley 1437. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo contencioso Administrativo.
- II. GESTION PARLAMENTARIA DESARROLLADA.
En reunión sostenida con la directora nacional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Elvira Forero se analizó el tema de presupuestal de los Jardines Infantiles en el Departamento.
De igual manera se trató el tema de la política pública de primera infancia y adolescencia así como los proyectos sociales del ICBF en la región, la inauguración oficial del Jardín Social de Tokio, inaugurado oficialmente por el Presidente de la República Juan Manuel Santos, el 25 de marzo, donde se alcanzó una inversión de 5.735 millones de pesos, beneficiando a 300 niños de 0 a 5 años.
Se recibió el respaldo del Presidente Santos a la iniciativa de la Administración Municipal de concretar otro Jardín Social para Pereira, el cual será construido en las veredas San Isidro y el Cofre en el Corregimiento de Puerto Caldas antes que finalice el año en curso.
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Adelanté gestiones sobre el Parque Temático de Flora y Fauna ante el gobierno nacional, resaltando la reunión realizada en cabeza del gerente de la Promotora Javier Monsalve con el Ministro de Industria y Comercio Sergio Díaz Granados y el Viceministro de Turismo Oscar Rueda.
En dicha reunión se definió el compromiso de la FINDETER a facilitar un crédito por 60 mil millones de pesos a través de la Promotora para avanzar en la ejecución de las obras, lo cual recientemente fue protocolizado.
El Ministerio de Industria y Comercio se comprometió a aportar recursos por el orden de los 5 mil a 10 mil millones de pesos aproximadamente.
MINISTERIO DE HACIENDA
Se está trabajando junto con el representante Didier Burgos para que el gobierno nacional a través de Hacienda y Planeación apruebe recursos por otros 60 mil millones de pesos de vigencias futuras para el Parque Temático de Flora y Fauna, y de igual manera se han adelantado gestiones ante dicha cartera para impulsar otros proyectos de importancia para la región.
- MINISTERIO DE AMBIENTE VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL.
Viceministro de vivienda:
Me reuní con el Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial Julio Miguel Silva para analizar diversos temas de gran importancia para el departamento, entre los cuales se destaca que no sólo se ratifican las 500 casas para la Virginia, sino también la definición de 2 proyectos que permitirán iniciar la construcción en el segundo semestre del año de mil viviendas aproximadamente para dicho municipio. De igual manera se abordó el tema de la reubicación de los barrios Cortés y la Playita de Pereira, así como la solución a la problemática de inundación que afronta históricamente el corregimiento de Caimalito.
En compañía del Gobernador de Risaralda Víctor Manuel Tamayo, el Alcalde de la Virginia James Álzate y los Congresistas Sammy Merheg y Ricardo Valencia, se acompañó la firma ante el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial de los convenios para los programas de vivienda y saneamiento básico en el municipio de la Virginia, los cuales ascienden a aproximadamente 26 mil millones de pesos.
ü Viceministerio de Agua.
En compañía del Gerente de la Empresa de Aguas y Aseo de Risaralda Jesús María Hernández, se llevó a cabo una reunió con la Viceministra de Agua Potable y Saneamiento Básico Claudia Patricia Mora para concretar las partidas destinadas a atender la problemática generada en el departamento por la ola invernal, confirmándose que serán invertidos en Risaralda en agua potable y saneamiento básico recursos por 15.960 millones de pesos, donde el mayor porcentaje lo recibirá el municipio de la Virginia.
En reunión con funcionarios del Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico se reforzó el tema de la concreción de diferentes proyectos para el municipio de la Virginia que suman aproximadamente más de 1.100 millones de pesos, a los que se suman los cerca de 10 mil millones de pesos que se van a ejecutar en proyectos de mayor envergadura con la CARDER y la empresa Aguas y Aseo de Risaralda.
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.
Ante el despacho de la Presidencia de la República, se efectuaron gestiones importantes relacionadas con la segunda fase del Plan de Choque para la Generación de Empleo y la Dinamización de la Economía en Pereira que contempla inversiones aproximadas de 10 mil millones de pesos.
- PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2010-2014”PROSPERIDAD PARA TODOS”.
Dentro del estudio y aprobación definitiva del Plan Nacional de Desarrollo, cuyo Plan Plurianual de Inversiones se estima en 564 billones de pesos, en Compañía del Representante Didier Burgos Ramírez, se logró impulsar para el departamento de Risaralda 6.5 billones de pesos, y la inclusión para el departamento de importantes proyectos, adicionales a los que ya estaban relacionados como:
- Parque Temático de Flora y Fauna
- Aeropuerto Matecaña
- Vía Pereira-Alcalá
- Red de Nodos
De igual manera dentro del Plan Nacional de Desarrollo se destacan para Risaralda entre otros proyectos, los siguientes:
- Continuación de Saneamiento de los Rios Otún y Consota
- U.T.P
- Culminación Autopista del Café
- Terminación Doble Calzada Pereira-la Victoria
- Macroproyecto de Vivienda Gonzalo Vallejo Restrepo
- Macroproyecto de Vivienda la Giralda en Dosquebradas
- Expofuturo.
Se logró concertar una reunión entre el Ministro de Defensa Rodrigo Rivera con el sector empresarial, para analizar todo lo concerniente con el tema de seguridad en la región y el país.
- MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL –ANDI
Se promovió la visita del Ministro de la Protección Social Mauricio Santamaría Salamanca a la ciudad de Pereira, donde se reunió con representantes de la ANDI, las autoridades locales y un grupo de empresarios con el fin de buscar alternativas para dinamizar la economía y fomentar el empleo en la región, donde el Ministro confirmó que Pereira será una de las primeras ciudades en el país donde comenzarán a operar las medidas de empleos de emergencia y de igual manera se ratificó el compromiso del gobierno nacional de apoyar al Hospital San Jorge para que pueda salir de las dificultades financieras que afronta.
Ante la gestión adelantada en el Ministerio del Interior, se logró la concreción del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad de Risaralda a través de la instalación y puesta en funcionamiento de cámaras de vigilancia para seis municipios del departamento.
Se logró la consecución de aproximadamente 1.300 millones de pesos, lo que sumado al trabajo mancomunado de la Secretaría de Gobierno y el aporte de la gobernación de Risaralda por cerca de 325 millones de pesos, permitió la financiación de dicho proyecto, el cual beneficiará a 6 municipios, la Virginia, la Celia, Belén de Umbría, Mistrató, Pueblo Rico y Quinchía.
- CAI para Pereira.
- Se adelantaron gestiones importantes para la Cárcel Regional.
- VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA:
En compañía del Presidente de la Cámara de Comercio de Dosquebradas John Jaime Jiménez, sostuve una audiencia con el Vicepresidente de la República Angelino Garzón, para analizar el tema de la formación técnica y tecnológica como una política estructural que permita disminuir las altas tasas de desempleo en la región.
El Vicepresidente Angelino Garzón se comprometió a visitar a Pereira y Dosquebradas para discutir éste y otros temas que tienen que ver con el desarrollo regional.
- SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO:
Adelanté una reunión con el Superintendente de Industria y Comercio José Miguel de la Calle para analizar varios temas relacionados con la Asociación de Hospitales de Colombia.
- REUNIÓN SECRETARIO GENERAL DE PRESIDENCIA:
Me reuní con el Secretario General de la Presidencia Juan Carlos Pinzón para avanzar en los temas de la agenda legislativa y en los proyectos de desarrollo económico y social para la región.