Bogotá D.C., abril 26 de 2016. Como un limbo en materia judicial, calificó este martes el senador José Obdulio Gaviria el incumplimiento del Congreso para legislar sobre las impugnaciones y apelaciones de sentencias condenatorias, a pesar que la Corte Constitucional, en una sentencia del 2014, resarciera estos derechos fundamentales para quienes han sido condenados en única instancia.
Al leer una constancia a nombre del Centro Democrático, el senador Gaviria explicó que el 29 de octubre de 2014 la Sala Plena de la Corte Constitucional, en la sentencia C-794, declaró “la inconstitucionalidad, con efectos diferidos y en los términos señalados en el numeral 2º de la parte resolutiva de esta providencia, de las expresiones demandadas contenidas en los artículos (…), en cuanto omite la posibilidad de impugnar todas las sentencias condenatorias y exequible el contenido positivo de esas disposiciones”.
En la misma decisión, el congresista del Centro Democrático leyó que el Alto Tribunal determinó “exhortar al Congreso de la República para que en el término de un año, contado a partir de la notificación por edicto de esta sentencia, regule integralmente el derecho a impugnar todas las sentencias condenatorias”, y continuó: “De no hacerlo, a partir del vencimiento de este término –óigase bien- se entenderá que procede la impugnación de todas las sentencias condenatorias ante el superior jerárquico o funcional de quien impuso la condena”.
En este sentido, dijo que “los señores senadores saben muy bien y los medios de comunicación que el Centro Democrático ha declarado ser perseguido político de la anterior Corte Suprema de Justicia y, en particular, del Fiscal General de la Nación, el doctor Montealegre y del actual fiscal, el señor Perdomo”, por lo cual añadió que “estos condenados, los ministros del despacho del presidente Uribe, varios gobernadores, varios miembros de la bancada que acompañaba al Gobierno del presidente Uribe se encuentran en estas mismas circunstancias”.
Explicó que “la Corte ha dicho: es un derecho constitucional establecido en el artículo 29, la posibilidad de impugnar sentencias condenatorias, eso es un derecho fundamental y ha dicho igualmente que es un derecho fundamental de todos los ciudadanos la segunda instancia consagrado en el artículo 31 de la Constitución”.
Sin embargo, reiteró que hasta hoy el Congreso no ha legislado sobre la materia, razón por la cual consideró que “hoy entramos en una especie de choque de trenes, nuestros compañeros exministros, condenados injustamente por la Corte Suprema de Justicia, sin derecho a impugnación, artículo 29, sin derecho a apelación, artículo 31, han impugnado sus sentencias y entramos en un limbo”.
“Yo creo que en un Estado de Derecho, la Corte Suprema de Justicia tendrá que obrar -como corresponde-, inmediatamente ordenar la libertad de todos ellos y proceder a establecer el mecanismo de impugnación”, aseguró el senador Gaviria.
Paso seguido, anotó que “mientras tanto, nosotros –señor Presidente- le insisto, ojalá usted tomara la iniciativa nuestro partido está pronto a participar en todos los debates, a prestar su apoyo técnico a la comisión que se conforme para que de inmediato comencemos a legislar sobre estos dos puntos” de los cuales explicó están contenidos en las cartas de Naciones Unidas, la OEA y la Constitución colombiana, que fueron “reiterados y además con orden judicial de la Corte Constitucional, para que el Congreso se aboque a producir la normatividad correspondiente”.