Concluyó el debate del proyecto que abrió la posibilidad para que las entidades territoriales puedan utilizar la figura presupuestal de las vigencias futuras excepcionales. para garantizar el pago de proyecto de infraestructura, energía, comunicaciones, y en gasto público social en los sectores de educación, salud, agua potable y saneamiento básico.

Para el coordinador ponente de la Cámara, el Representante Juan Felipe Lemos Uribe, con la iniciativa se busca responder al limbo jurídico que se estableció posterior al pronunciamiento de la sección primera del Consejo de Estado que concluyó que la Asamblea Departamental del Casanare no podían utilizar las vigencias futuras excepcionales, instando al Congreso de la República para que las estableciera de manera literal, al igual que los requisitos para su utilización, lo cual originó este cuerpo normativo que a su vez determinará la responsabilidad y transparencia de las entidades territoriales en la utilización de la figura.

Pese a que la Plenaria de la Cámara eliminó el parágrafo transitorio, que conforme a lo expresado por el Ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry, pretendía afirmar el clamor político, en el sentido que los mandatarios locales utilizaron las vigencias futuras excepcionales, bajo los principios de la autonomía presupuestal y confianza legítima, hasta el último momento se ratificó el acompañamiento al Representante Juan Felipe Lemos, autor del parágrafo.

Prensa Representante a la Cámara Jun Felipe Lemos