Analizar la situación de vulneración de derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes que son beneficiarios de los Programas de Atención a la Primera Infancia del ICBF.
Control Político
Datos
25/15 Número de Proposición | 09/12/2015 Fecha de Programación | 09/12/2015 Fecha Realizada |
− Cámara | Comisión Primera de Senado Comisión | Bienestar y pobreza Tema Principal |
Citados
Cuestionario
Cuestionario para la Sra. Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar;
I.
Frente a los
programas tradicionales de Hogares Comunitario y Fami, la situación nutricional
y de cuidado de niños y niñas:
1.
Favor rendir
informe de la situación nutricional, de atención inicial, educación, desarrollo
psicoactivo de los niños y niñas que son atendidos en los programas de Primera
Infancia del Instituto (Hogares Comunitarios, Fami, Modalidad Familiar y Centro
de Desarrollo Infantil, entre otros) comparando los avances y las dificultades
encontradas en cada una de estas modalidades, comprendiendo el periodo entre
2011 y 2015.
2.
Favor realizar un
comparativo de los programas tradicionales (Hogares Comunitarios, Fami y Hogares
Infantiles) y los de la Estrategia de Cero a Siempre (Modalidad Familiar y
Centro de Desarrollo Infantil) donde se muestre respectivamente qué costo tiene
para el instituto la alimentación, el cuidado, el pago del personal a cargo, el
pago de servicios públicos, el pago de arriendo, insumos de aseo, dotaciones,
material didáctico y todos los elementos que sean necesarios para la operación
de cada uno de estos programas.
3.
Favor realizar un
comparativo de los programas tradicionales (Hogares Comunitarios, Fami y
Hogares Infantiles) y los de la Estrategia de Cero a Siempre (Modalidad
Familiar y Centro de Desarrollo Infantil) donde se muestre la alimentación o
minuta patrón brindada a los niños y niñas en cada uno de estos programas.
4.
¿De qué manera
aplicará el Instituto el Artículo 83 de la Ley 1751 de 2015?
5.
Favor informar en
qué consiste la propuesta de extender la jornada laboral para las Madres Fami a
tiempo completo. ¿En qué actividades emplearían la jornada laboral? ¿Qué
salario recibirían? ¿Cuánto costará esto para el ICBF? ¿Ha sido socializada
esta propuesta con las asociaciones, organizaciones y sindicatos de Madres?
6.
¿Qué procedimiento
orienta el ICBF cuando una Madre Comunitaria, Fami, Sustituta o Tutora, cae
enferma y no puede seguir realizando la labor?
7.
En el periodo
comprendido entre los años 2011 y 2015 ¿Cuántas Madres Comunitarias, Fami,
Sustitutas y Tutoras han fallecido mientras se encontraban trabajando para los operadores
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar?
8.
En el periodo
comprendido entre los años 2011 y 2015 ¿Cuántas Madres Comunitarias, Fami,
Sustitutas y Tutoras se encuentran enfermas y continúan trabajando para los
operadores del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar?
9.
Favor explicar el
alcance de los artículos 80 y 81 de la Ley 1737 del 2014 ¿Cuántas madres se
beneficiarán con este “valor actuarial de las cotizaciones”? ¿En términos
presupuestales, cuánto significará la aplicación de este artículo para el
Instituto? De no ser el Instituto quien lo aplique favor informar la entidad
que se hará responsable por este pago.
10. Frente al Artículo 81 de la Ley 1737 de 2014, ¿cómo se
les harán efectivas dichas cotizaciones? ¿Cuántas alcanzarán la pensión de esta
manera?
11. Favor informar detalladamente cuántas Madres
comunitarias, Fami, Sustitutas, tutoras, agentes educativas, aseadoras,
auxiliares (o demás cargos que se desempeñen) en Centros de Desarrollo
Infantil, agentes educativas en la Modalidad Familiar, trabajadoras y
trabajadores de Hogares Infantiles, entre otros, se desempeñan actualmente.
Favor desagregar este resultado por departamento y programa.
II.
Frente a la
situación de salud ocupacional y riesgos laborales:
12. Sírvase informar sobre los programas de salud
ocupacional y riesgos laborales que ha creado el ICBF para la prevención y
atención de accidentes de trabajo y/o enfermedades laborales de las madres
trabajadoras en los programas de atención a la primera infancia del país.
13. Informe de seguimiento y cumplimiento a las entidades
administradoras del servicio sobre
cumplimiento de normas en materia laboral derivados del contrato de trabajo,
tales como entrega de dotaciones, auxilios de transporte, salarios, prestaciones
sociales y demás.
14. Informe de seguimiento y cumplimiento a los programas
de salud ocupacional y riesgos laborales, a cada una de las entidades
administradoras del servicio del servicio que en el país contratan a las madres
comunitarias.
15. Relación a la fecha de la situación de enfermedad de
las madres trabajadoras que desarrollan los programas de primera infancia del
ICBF, indicando en cuantas de ellas se trata de enfermedad laboral y/o general.
16. Informe de acciones a la fecha orientadas por el ICBF,
en los casos de enfermedad general y/o laboral para la prevención, manejo y
tratamiento de las madres trabajadoras que desarrollan los programas de primera
infancia del ICBF.
17. Informe del último examen ejecutivo medico ocupacional
orientado y realizado a todas las madres trabajadoras que desarrollan los
programas de primera infancia del ICBF, en el país.
III.
De acuerdo con los
procesos propuestos por el Manual Operativo 2015, para el mejoramiento del
servicio de atención a la Primera Infancia, que
contempla en su segundo proceso la cualificación y fortalecimiento de
Hogares Infantiles por su aporte por más
de 40 años en la atención integral, sírvase informar:
1.
¿Cuál es la razón
para presionar desde las diferentes Regionales y Centros Zonales del ICBF a los
Hogares Infantiles para que transiten a CDI?
2.
¿Cuántos Hogares
Infantiles en Colombia han hecho tránsito a CDI?
3.
¿Cuántos Hogares
Infantiles hay actualmente en Colombia y cuantos niños atienden?
4.
¿Cuál es la
diferencia entre el Programa Hogares Infantiles y CDI?
5.
¿Cuál es la
diferencia entre las poblaciones atendidas en el programa de Hogares Infantiles
y CDI que justifique las discrepancias presupuestales, entre uno y otro programa así como la gratuidad para CDI y la
resolución 1740 para Hogares Infantiles?
6.
¿Cuáles son las
condiciones de infraestructura para el funcionamiento del Programa Hogares
Infantiles?
7.
¿Cuántos Hogares
Infantiles del país funcionan actualmente en casas (familiares) acondicionadas
en sus mínimos espacios a partir de actividades de padres de familia y/o
comunidad, donde el ICBF no ha aportado
nada a través de los años y donde incluso ni siquiera asigna presupuesto para
arriendo?
8.
¿Considera el ICBF
que en este sentido y en relación con su
discurso, plasmado en el Manual Operativo y otros documentos, le está
cumpliendo a las niñas y niños usuarios de los Hogares Infantiles de Colombia?
9.
¿Por qué no se
determina presupuesto para remodelar las infraestructuras de Hogares Infantiles
en los que los niños no cuentan con espacios significativos para el desarrollo
de sus actividades pedagógicas y lúdicas?
IV.
En cuento a la
operación de la atención integral a la primera infancia:
1.
¿Cuál es la
cobertura y numero de cupos en niños asignados por maestra en los hogares
infantiles y los CDI?
2.
¿Por qué una
Maestra de Hogar Infantil no goza de los mismos privilegios que una Maestra de
CDI, respecto a cantidad de niños por
grupo y el nivel salarial?
3.
¿Cuál es el avance
en los procesos de formación y cualificación que ha adelantado el ICBF con el
talento humano de los Hogares Infantiles teniendo en cuenta que sus niveles
académicos oscilan entre Técnicos, Tecnológicos y Profesionales?
V.
Frente a los
operadores:
1.
¿Cuál es la
evaluación de cumplimiento en experiencia e idoneidad que realiza el ICBF al
perfil de los Operadores de cada una de las Regionales para administrar los
Hogares Infantiles?
2.
En el marco de la
Estrategia de Cero a Siempre, las Entidades Administradoras del Servicio (EAS)
son concebidas como socios fundamentales en la apuesta de Gobierno por ofrecer
con calidad y oportunidad servicios de educación inicial en el marco de la
atención integral para todos los niños y niñas en la primera infancia del país
Manual Operativo 2015. ¿Cuál es el valor agregado y/o de cofinanciación de los
socios fundamentales (EAS) u Operadores
al programa de Hogares Infantiles?
3.
¿Cuál es nivel de
cofinanciación en dinero, en plantas físicas remodeladas, y construidas?
4.
Teniendo el
proceso de cualificación del talento humano contratado para Hogares infantiles
exigido por el ICBF, ¿cuántas EAS u Operadores, y de cuáles regionales del
ICBF, han establecido convenios para estudios, becas, etc. con Universidades, ICETEX, Colciencias en
cumplimiento de su papel de empleador y de Socio Fundamental del ICBF?
5.
El ICBF en los
Contratos de aportes (por 210 días) que firma con los Operadores condiciona la
forma de contratación laboral de los trabajadores de los Hogares Infantiles (a
término fijo inferior a un año), vulnerando la estabilidad de los trabajadores
y sus familias que en el 95% son mujeres. ¿Cuántas EAS u Operadores, cuáles y
en que Regionales del ICBF se han comprometido con la nómina del talento humano
de los Hogares Infantiles, durante los días que no asume el ICBF dentro del
Contrato de Aportes?
6.
¿Por qué el
Ministerio de Hacienda no hace parte del Comité Intersectorial para la Atención
a la Primera Infancia, donde si hacen parte los Ministerios de Cultura,
Educación, Salud y Protección social etc.?
7.
¿El ICBF
dará solución definitiva a la
deuda que tiene los trabajadores de los
hogares infantiles desde el año 2001 cuando
dejó de aportar los recursos para el pago de prestaciones sociales?
8.
Sírvase certificar
los montos a la fecha por pasivo en carga prestacional del ICBF con los trabajadores de hogares infantiles.
9.
Copia de las actas
de acuerdo, suscritas con SINTRAHOINCOL, entorno a los trabajadores de los
Hogares y el desarrollo del programa.
10. ¿Qué trámites ha realizado a la fecha, el ICBF para
dar cumplimiento a los compromisos adquiridos con SINTRAHOINCOL y sus
peticiones en las mesas de trabajo?
Cuestionario para el Sr. Ministro
del Trabajo;
1.
Favor presentar un
informe detallando cuántas Madres comunitarias, fami, sustitutas, tutoras,
trabajadores de CDI’s, trabajadores de hogares infantiles, o ex trabajadores y
ex trabajadoras de todos estos programas están pensionados, con cuántas semanas
de cotización. Además, de los y las trabajadoras actuales, cuántos reciben
subsidios o ayudas estatales para su cotización pensional. También detallar de
la totalidad de trabajadores y trabajadoras activos en qué rango de edad se
encuentran, cuántas semanas cotizadas tienen y quienes estarán en posibilidad
de pensionarse según lo indica la ley.
2.
¿Cómo se
implementará lo desarrollado por el Artículo 81 de la Ley 1737 de 2014 en
cuanto al reconocimiento del pago del valor actuarial de las cotizaciones?
3.
¿Qué estudio
técnico o fundamento tiene que el valor actuarial de las cotizaciones se
realice únicamente sobre este periodo acorde al Artículo 81 de la Ley 1737 de
2014?
4.
¿Por qué no hacer un reconocimiento más amplio en
tiempo y cotizaciones del valor actuarial de las cotizaciones para este grupo
poblacional?
5.
¿Ha recibido el Ministerio denuncias sobre casos de
acoso laboral cometidos por parte de las Entidades Administradoras del Servicio
que operan los programas del ICBF? ¿Qué tipo de denuncias? ¿Cuáles EAS están
involucradas y en qué van las investigaciones? Favor remitir copia de todos los
expedientes.
6.
¿Ha recibido el Ministerio denuncias sobre retrasos en
el pago de salarios, prestaciones o pagos de la seguridad social a empleados
por parte de las Entidades Administradoras del Servicio que operan los
programas del ICBF? ¿Qué tipo de denuncias? ¿Cuáles EAS están involucradas y en
qué van las investigaciones? Favor remitir copia de todos los expedientes.
Cuestionario para el Sr. Fiscal
General;
1.
¿Ha recibido la Fiscalía denuncias sobre casos de
corrupción cometidos por parte de las Entidades Administradoras del Servicio
(EAS) que operan los programas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar?
¿Qué tipo de denuncias? ¿Cuáles EAS están involucradas y en qué etapa procesal
se encuentran cada proceso? Favor remitir copia de todos todos los expedientes.
2.
Favor remitir informe y copia de los expedientes de
las investigaciones que se lleven a cabo a funcionarios o ex funcionarios del
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar por casos de peculado, concusión,
cohecho, celebración indebida de contratos, tráfico de influencia,
enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, usurpación y abuso de funciones
públicas u otras.
3.
Favor rendir informe sobre la totalidad de denuncias
y/o investigaciones finalizadas que demostraron hechos de corrupción al
interior del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ¿qué cantidad de
recursos pecuniarios se han visto implicados?