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“Por el cual se autoriza el pago por cuotas del impuesto sobre las rentas y complementarios. [Pago de impuestos por cuotas]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios podrán cancelar el valor total a pagar de la siguiente manera:

1. Grandes contribuyentes: En cinco cuotas.

2. Personas jurídicas diferentes a grandes contribuyentes: En dos cuotas.

3. Personas naturales: En dos cuotas.


Datos Generales

Jul 20 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 20 2005

Radicado

Jul 25 2005

Publicación

453/05

Sep 19 2005

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

634/05

Ponentes

Oct 04 2005

Aprobado Primer DebateComisión III Cámara

711/05, 256/06

Nov 14 2006

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

665/06

Ponentes

Jun 20 2007

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales