“Por el cual se establece el pago anticipado de las mesadas pensionales en general.”
Estados del Proyecto
Radicado
10.04.2000
Publicación
10.11.2000
Publicada Ponencia Primer Debate
06.26.2001
Archivado en Debate
08.22.2001
Sinopsis
A todos los pensionados del país, sin distinción alguna, se les pagará su mesada pensional los primeros 5 días de cada mes.
Datos Generales
Oct 04 d 2000 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Oct 04 2000 | Radicado | ||
Oct 11 2000 | Publicación | ||
Jun 26 2001 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Ago 22 2001 | Archivado en Debate | Com VII Cámara Art 157 Ley 5 de 1992 |