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“Por el cual se faculta a los entes territoriales y a las Áreas Metropolitanas para el manejo del catastro en el territorio bajo su jurisdicción.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Proyecto plantea la descentralización del catastro, específicamente, propone que los municipios de categoría especial, primera y segunda según el artículo 6 de la Ley 136 de 1994 que tengan su formación catastral, y las Áreas Metropolitanas con previa autorización de sus concejos municipales, se puedan construir como autoridad catastral del territorio bajo su jurisdicción. El avalúo catastral del Instituto Geográfico Agustín Codazzi será base del avalúo de los catastros creados con fundamento en la presente ley.


Datos Generales

Ago 28 d 1998 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 28 1998

Radicado

169/98

Sep 04 1998

Publicación

169/98

Jun 20 1999

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales