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“Por el cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política. (Prisión para violadores).”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Solo podrá imponer el legislador la pena de prisión perpetua para castigar, en los casos que se definan como graves, la comisión de hechos punibles relacionados con Acceso Carnal Violento seguida de muerte o lesión grave cometidos en menores de 14 años. La pena de prisión perpetua será revisada de oficio o a petición de parte cuando el condenado haya cumplido 35 años de privación de la libertad por el órgano jurisdiccional que impuso la condena.


Datos Generales

Abr 01 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 01 2008

Radicado

Abr 02 2008

Publicación

97/08

Jun 20 2008

Archivado por Vencimiento de TérminosArt 375 Constitución Política

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto Acto Legislativo

  • Tema

    Justicia

  • Tema

    Familia

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    18/08

  • Fecha de Radicación

    abr. 1, 2008

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2007 - Jun 2008

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    97/08

  • Tags

    prisión perpetua violadores