“Por el cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política. (Prisión para violadores).”
Estados del Proyecto
Radicado
04.01.2008
Publicación
04.02.2008
Archivado por Vencimiento de Términos
06.20.2008
Sinopsis
Solo podrá imponer el legislador la pena de prisión perpetua para castigar, en los casos que se definan como graves, la comisión de hechos punibles relacionados con Acceso Carnal Violento seguida de muerte o lesión grave cometidos en menores de 14 años. La pena de prisión perpetua será revisada de oficio o a petición de parte cuando el condenado haya cumplido 35 años de privación de la libertad por el órgano jurisdiccional que impuso la condena.
Datos Generales
Abr 01 d 2008 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 01 2008 | Radicado | ||
Abr 02 2008 | Publicación | ||
Jun 20 2008 | Archivado por Vencimiento de Términos | Art 375 Constitución Política |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto Acto Legislativo
Tema
Justicia
Tema
Familia
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 1, 2008
Legislatura
Legislatura Jul 2007 - Jun 2008
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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