“Por el cual se prohíbe el matrimonio de los menores de edad (18 años).”
Estados del Proyecto
Radicado
08.28.2007
Publicación
08.30.2007
Publicada Ponencia Primer Debate
12.12.2007
Archivado en Debate
04.02.2008
Sinopsis
La institución del matrimonio es fundamental para la familia y la sociedad, de allí que se requiera que solamente los mayores de edad puedan celebrar válidamente el matrimonio. No se concibe con lógica un matrimonio entre niños ya que para hacerlo válidamente hoy en día la ley sólo exige el consentimiento de sus ascendientes; sin tener en cuenta que con esta previsión legal a los menores se les cercena la etapa más preciada de la vida como es la niñez y la juventud; porque de un lado, los hijos estarán más tiempo 'al menos hasta los 18 años' en proceso de formación, evolución y madurez, y, de otro, el naciente hogar tendrá mayores bases éticas, morales y formativas para construir con solidez y discernimiento una familia con todas las responsabilidades y el cumplimiento de los deberes que ello implica.
Datos Generales
Ago 28 d 2007 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 28 2007 | Radicado | ||
Ago 30 2007 | Publicación | ||
Dic 12 2007 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Abr 02 2008 | Archivado en Debate | Art 157 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Familia
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 28, 2007
Legislatura
Legislatura Jul 2007 - Jun 2008
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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