“Por la cual se dictan normas relativas al contrato de compraventa con pacto de retroventa y se dictan otras disposiciones para defender al pueblo colombiano.”
Estados del Proyecto
Radicado
11.22.2000
Publicación
11.24.2000
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2001
Sinopsis
A partir de la vigencia de la presente ley, los contratos a los que hace referencia el artículo 1939 del Código Civil Colombiano, es decir, los realizados con pacto de retroventa que se realicen en le territorio nacional, no podrán exceder o superar el doble de los intereses bancarios legalmente establecidos. Los contratos celebrados con el sistema de pacto de retroventa tendrán un plazo máximo de doce meses para ejercer el derecho a la recompra o retroventa.
Datos Generales
Nov 22 d 2000 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Nov 22 2000 | Radicado | ||
Nov 24 2000 | Publicación | ||
Jun 20 2001 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Comercio, industria y turismo
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
nov. 22, 2000
Legislatura
Legislatura Jul 2000 - Jun 2001
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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