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“Por la cual se establece la capacitación de los miembros de corporaciones públicas, alcaldías y gobernaciones. [Capacitación a funcionarios públicos electos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Todo aquel que sea elegido miembro de una Corporación Pública, alcalde o gobernador, deberá capacitarse en los asuntos de la Administración Pública como requisito obligatorio para ejercer el cargo. Se establecerá un curso intensivo en Administración Pública y Reglamento Interno de la entidad respectiva. La Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, será la responsable de ejecutar dicha capacitación.


Datos Generales

Abr 07 d 2000 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 07 2000

Radicado

Abr 17 2000

Publicación

118/00

May 16 2000

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

151/00, 196/00

Ponentes

Jun 07 2000

Aprobado Primer DebateComisión VI Cámara

262/00, 263/00

Oct 05 2000

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

409/00

Ponentes

Oct 17 2000

Archivado en DebatePlenaria Cámara Art 157 Ley 5 de 1992

432/00

Datos generales