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“Por la cual se estatuyen las vacaciones individuales de la Rama Judicial. [Vacaciones de la Rama Judicial]”

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Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente ley tiene por objeto regular el disfrute del derecho al descanso remunerado de los funcionarios y empleados públicos de la Rama Judicial, con el fin de mejorar la eficiencia del servicio público y garantizar el acceso permanente y efectivo al servicio público esencial de los colombianos a la administración de Justicia. Los funcionarios y empleados de la Rama Judicial tienen derecho al descanso remunerado por el término de quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones individuales, por cada año de servicio.


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Jul 20 d 2012 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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