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“Por la cual se exime a los pensionados del pago de cuotas moderadoras. [Pago de cuotas moderadoras]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los pensionados por invalidez, vejez, o sobrevivientes que devenguen hasta tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes y sus beneficiarios, estarán exentos del pago de cuotas moderadoras, pagos compartidos y deducibles para acceder a la prestación de servicios de salud en el Sistema General de Seguridad Social y de los Regímenes Especiales.


Datos Generales

Mar 19 d 2013 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Mar 19 2013

Radicado

Mar 21 2013

Publicación

132/13

Jun 18 2013

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

436/13

Ponentes

Jun 20 2013

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt. 190 Ley 5 de 1992

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