“Por la cual se exonera del pago de alumbrado público y se ordena una tarifa preferencial para el cobro de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica a los municipios donde operan las empresas generadoras de energía eléctrica. [Tarifa preferencial para municipios productores de energía eléctrica]”
Sinopsis
La presente ley tiene por objeto crear beneficios especiales para los municipios donde operan las empresas generadoras de energía eléctrica exonerándoles del pago de alumbrado público y creando una tarifa preferencial para el cobro de servicios públicos domiciliarios.
Datos Generales
Oct 20 d 2010 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Oct 20 2010 | Radicado | ||
Oct 26 2010 | Publicación | ||
Jun 16 2011 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Servicios Públicos
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
oct. 20, 2010
Legislatura
Legislatura Jul 2010 - Jun 2011
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
energía electrica subsidio tarifas servicios publicos alumbrado publico energia minas