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“Por la cual se incentiva la creación de servicios de sala-cunas y guarderías infantiles por parte de las empresas privadas y entidades públicas.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente ley tiene como finalidad estimular a las empresas privadas y entidades públicas a la prestación de servicios de guarderías infantiles y sala-cunas, a fin de que las madres y padres que en ellas laboren se beneficien del cuidado idóneo de sus hijos e hijas menores de cinco años. Las empresas y entidades recibirán los incentivos a que se refiere la presente ley cuando ofrezcan a los hijos e hijas de sus empleadas y empleados servicios de sala-cunas y guarderías y cuando hagan aportes en dinero o en especie a la creación y sostenimiento de sala-cunas y guarderías situadas en los barrios de residencia de sus empleadas o empleados.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar inspeccionará permanentemente las condiciones en que se prestan los servicios de guarderías y sala-cunas a que se refiere la presente ley, a fin de garantizar los derechos de los niños que en ellas se albergan, especialmente su seguridad, alimentación, salud y cuidado. Igualmente celebrará convenios con las empresas privadas a que se refiere el artículo anterior para asistirlas y prestarles su apoyo en la prestación de los servicios de atención a los niños beneficiarios.


Datos Generales

Ago 13 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 13 2008

Radicado

Ago 15 2008

Publicación

531/08

Sep 26 2008

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

864/08

Ponentes

Abr 22 2009

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 de 1992