“Por la cual se interpreta con autoridad el artículo 191 de la Ley 600 de 2000. [Apelación a sentencias]”
Estados del Proyecto
Radicado
08.21.2019
Publicación
09.09.2019
Publicada Ponencia Primer Debate
10.18.2019
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2020
Sinopsis
Frente a la apelación de la sentencia, el Congreso de la República le dará el sentido a la apelación de la sentencia cuando ésta sea condenatoria, la cual puede impugnarse también frente a los fallos condenatorios de única instancia, de segunda instancia por primera vez y de casación por primera vez. Es por ello, que otro objetivo de ésta ley de interpretación es la de fijar el sentido retroactivo de su aplicación.
Datos Generales
Ago 21 d 2019 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
---|---|---|---|
Ago 21 2019 | Radicado | ||
Sep 09 2019 | Publicación | ||
Oct 18 2019 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2020 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |