“Por la cual se interpreta con la autoridad la Ley 37 de 1993 y se dictan otras disposiciones. ”
Estados del Proyecto
Radicado
12.13.2000
Publicación
12.21.2000
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2001
Sinopsis
Las entidades descentralizadas adscritas y las vinculadas al Ministerio de Comunicaciones, así como las entidades de segundo grado o indirectas, pertenecientes al mismo ministerio, que prestan servicios de telecomunicaciones, de conformidad con la autorización a que se refiere el artículo 9 de la Ley 37 de 1993, al celebrar contratos asociativos, constituir sociedades de capitales o establecer alianzas estratégicas entre sí, o con otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, comprendidos dentro de la modalidad "joint venture" o asociación a riesgo compartido de capitales, se han de regir por las reglas de derecho privado y por las reguladas en la presente disposición.
Datos Generales
Dic 13 d 2000 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
---|---|---|---|
Dic 13 2000 | Radicado | ||
Dic 21 2000 | Publicación | ||
Jun 20 2001 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Comunicaciones, medios y tecnologías de la información
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
dic. 13, 2000
Legislatura
Legislatura Jul 2000 - Jun 2001
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
Ministerio de Comunicaciones telecomunicaciones joint venture contrato asociativo