“Por la cual se introducen modificaciones al régimen de protección de la competencia, a las funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio y se dictan otras disposiciones. [Régimen de protección de la competencia]”
Sinopsis
La Superintendencia de Industria y Comercio podrá rendir concepto previo sobre los proyectos de decreto, resolución o cualquier otro acto administrativo del orden nacional que puedan tener incidencia sobre la libre competencia en los mercados, incluyendo los que otorguen subsidios. Para estos efectos las respectivas autoridades informarán a la Superintendencia de Industria y Comercio de los proyectos de actos administrativos que se pretendan expedir. El concepto emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio en este sentido no será vinculante. Sin embargo, si la autoridad respectiva se apartara de dicho concepto, la misma deberá manifestar de manera expresa dentro de las consideraciones del acto administrativo, los motivos por los cuales se aparta.
Datos Generales
Ago 04 d 2015 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Ago 04 2015 | Radicado | ||
Ago 06 2015 | Publicación | ||
Abr 07 2016 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 de 1992 |