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“Por la cual se modifican los artículo 4º y 6º y se adicionan parágrafos a los artículos 5º y 6º de la Ley 1148 de 2007 y se dictan otras disposiciones. [Subsidios miembros de Juntas Administradoras Locales]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los hogares conformados por los concejales de los Municipios definidos en la Ley 617 de 2000 y los miembros de las Juntas Administradoras Locales, podrán acceder al subsidio familiar de vivienda que reciben los concejales del país de conformidad con la normatividad vigente que regula la materia, en cualquiera de sus modalidades sin que requiera demostrar ahorro previo.


Datos Generales

Ago 31 d 2011 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 31 2011

Radicado

Sep 01 2011

Publicación

644/11

Jun 20 2012

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

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