“Por la cual se organiza el concurso de méritos para la elección del Registrador Nacional del Estado Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 266 de la Constitución Política Nacional.”
Estados del Proyecto
Radicado
06.05.2006
Publicación
06.07.2006
Publicada Ponencia Primer Debate
06.13.2006
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2006
Sinopsis
El Registrador Nacional del Estado Civil será escogido por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, mediante concurso de méritos organizado según la ley. Su período será de cuatro (4) años, deberá reunir las mismas calidades que exige la Constitución Política para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y no haber ejercido funciones en cargos directivos en partidos o movimientos políticos dentro del año inmediatamente anterior a su elección.
Datos Generales
Jun 05 d 2006 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jun 05 2006 | Radicado | ||
Jun 07 2006 | Publicación | ||
Jun 13 2006 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer | |
Ponentes | |||
Jun 20 2006 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 De 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Organización Electoral y elecciones
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jun. 5, 2006
Legislatura
Legislatura Jul 2005 - Jun 2006
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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