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“Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de administrador de empresas turísticas y hoteleras y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

A partir de la vigencia de la presente ley, solo podrán obtener la matrícula profesional para ejercer la profesión de administrador de empresas turísticas y hoteleras, administrador turístico y hotelero o administrador hotelero, en el territorio de la República quienes:
a) Hayan obtenido u obtengan, antes o después de la promulgación de esta ley, el título profesional de administrador de empresas turísticas y hoteleras , administrador turístico y/u hotelero de instituciones de educación superior oficialmente reconocidas, cuyos pénsum educativos y base académica estén aprobados por el Instituto Colombiano para el Fomento de Educación Superior, Icfes;
b) Quienes hayan obtenido u obtengan, antes o después de la promulgación de esta ley, el título profesional de administrador de empresas turísticas y hoteleras, administrador turístico y/u hotelero


Datos Generales

Ago 18 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 18 2005

Radicado

Ago 23 2005

Publicación

550/05

Jun 12 2006

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Profesiones

  • Tema

    Comercio, industria y turismo

  • Número en Cámara de Representantes

    93/05

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    ago. 18, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2005 - Jun 2006

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    550/05

  • Tags

    profesiones administrador hotelero