“Por la cual se regula y garantiza el derecho a la segunda opinión médica en el Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia y se dictan otras disposiciones. [Segunda opinión médica]”
Sinopsis
Las personas residentes en el territorio colombiano tienen derecho a disponer, dentro del ámbito del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de una segunda opinión médica especializada, sobre su enfermedad o condición de salud cuando esta implique una seria afectación sobre su vida o que por su naturaleza puedan tener secuelas que disminuyan la calidad de vida de la personas. El Gobierno Nacional reglamentará la forma de solicitar y la operación del servicio de segunda opinión médica especializada. Cuando la segunda opinión difiera sustantivamente del diagnóstico inicial, deberá ser remitido a otras dos entidades para su análisis de forma separada. El Gobierno Nacional Reglamentará la materia.
Datos Generales
Abr 28 d 2011 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 28 2011 | Radicado | ||
May 03 2011 | Publicación | ||
Jun 09 2011 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Seguridad Social y salud
Tema
Derechos Fundamentales
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 28, 2011
Legislatura
Legislatura Jul 2010 - Jun 2011
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
segunda opinion medica salud seguridad social hospitales clinicas medicina pacientes Sistema General de Seguridad Social en Salud