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“Por medio de la cual se exige la aceptación escrita o por medios electrónicos por parte de los clientes, para acceder a cualquiera de los servicios ofrecidos por entidades financieras y se dictan otras disposiciones. [Servicios financieros]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Para tener acceso a los servicios ofrecidos por las entidades financieras, será necesaria la aceptación manifiesta por cualquier medio, por parte del cuentahabiente. Serán inválidos y deberán restituirse todos los descuentos que se realicen por parte de la entidad bancaria sin el consentimiento expreso y específico para dicha transacción por parte del titular de la cuenta.


Datos Generales

Sep 18 d 2015 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 18 2015

Radicado

Sep 25 2015

Publicación

745/15

Dic 02 2015

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

1019/15

Ponentes

Abr 26 2016

Aprobado Primer DebateComisión III Cámara

435/16, 727/16

Jun 15 2016

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

435/16

Ponentes

Jun 20 2017

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales