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“Por medio de la cual se modifica el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012. [Elección personeros municipales]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los Concejos Municipales o distritales según el caso, elegirán personeros para periodos institucionales de cuatro (4) años, dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero del año en que inicia su periodo constitucional, previa convocatoria pública, de conformidad con la ley vigente.


Datos Generales

Ago 10 d 2016 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 10 2016

Radicado

Ago 12 2016

Publicación

610/16

Oct 19 2016

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

893/16

Ponentes

Abr 18 2017

Aprobado Primer DebateComisión I Cámara

366/17, 870/17

Sep 29 2017

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

870/17

Ponentes

May 02 2018

Archivado en DebatePlenaria Cámara

340/18, 592/18