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“Por medio de la cual se reglamenta la profesión de Tecnólogo de Atención Prehospitalaria y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 11 de diciembre de 2012. [Tecnólogo de Atención Prehospitalaria, Paramédico]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente ley tiene por objeto regular la profesión de Tecnólogo en Atención Prehospitalaria (Paramédico), perteneciente al área de las Ciencias de la Salud. Con el fin de asegurar que su ejercicio se desarrolle conforme a los postulados de la Organización Mundial de la Salud en sus Sistemas de Atención en Trauma Prehospitalario, Sistema General de Seguridad Social en Salud, y a los reglamentos que expidan las autoridades públicas, a los principios éticos, teniendo en cuenta que con ellos contribuye al mejoramiento de la salud individual y colectiva.


Datos Generales

Dic 11 d 2012 Fecha de inicio 3 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Dic 11 2012

Radicado

Dic 12 2012

Publicación

938/12

May 15 2013

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

281/13

Ponentes

Jun 19 2013

Aprobado Primer DebateComisión VI Senado

546/13, 106/14

Mar 26 2014

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

106/14

Ponentes

Jun 16 2014

Archivado en DebatePlenaria Senado

Datos generales