“Por medio de la cual se modifica la Ley 797 de 2003.”
Sinopsis
El objetivo de este proyecto de ley es que la afiliación al sistema general de pensiones sea obligatoria para todos los trabajadores dependientes e independientes, que devenguen más de dos salarios mínimos mensuales y para todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos. Así mismo, las personas naturales que presten directamente servicios al Estado o a las entidades o empresas del sector privado, bajo la modalidad de servicios que adopten, los trabajadores independientes y los grupos de población que por sus características o condiciones socioeconómicas sean elegidos para ser beneficiarios de subsidios a través del Fondo de Solidaridad Pensional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales. Las personas naturales que estén afiliadas a salud y a pensión que deseen celebrar contratos privados o públicos deben probar que sus aportes están al día y de esta forma no es necesario volver a efectuar los respectivos aportes.
Datos Generales
Ago 19 d 2008 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 19 2008 | Radicado | ||
Ago 25 2008 | Publicación | ||
Ago 26 2008 | Acumulado | Ver PL 20/08 Senado |