“Por medio de la cual se modifica el artículo 29 de la Ley 600 de 1999.”
Sinopsis
El proyecto tiene como objeto establecer los requisitos de la denuncia, de la querella o de la petición . La denuncia, querella o petición se hará bajo juramento, verbalmente o por escrito, dejando constancia del día y hora de su presentación y contendrá una relación detallada de los hechos que conozca el denunciante. Este deberá manifestar, si le consta, que los mismos hechos ya han sido puestos en conocimiento de otro funcionario. Si la denuncia fuere escrita, el juramento se entenderá prestado por la sola presentación de la misma.
Se inadmitirán las denuncias sin fundamento y las anónimas que no suministren pruebas que permitan encauzar la investigación, las que serán archivadas mediante decisión motivada.
Datos Generales
Ago 24 d 2004 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 24 2004 | Radicado | ||
Ago 26 2004 | Publicación | ||
Ago 27 2004 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 De 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Justicia
Tema
Rama Judicial
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 24, 2004
Legislatura
Legislatura Jul 2004 - Jun 2005
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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