“Por medio de la cual se facilita un intercambio humanitario con grupos insurgentes y se dictan otras disposiciones. [Intercambio humanitario con grupos insurgentes]”
Sinopsis
El Presidente de la República podrá realizar un intercambio humanitario de soldados, policías, civiles y dirigentes políticos retenidos por los grupos insurgentes a cambio de guerrilleros que se encuentren detenidos en las penitenciarías colombianas. El acuerdo humanitario deberá comprender la totalidad de las personas retenidas por los grupos insurgentes, según el caso. El Gobierno Nacional y los grupos insurgentes establecerán los mecanismos y parámetros bajo los cuales se efectuará la entrega de los retenidos de ambas partes. El proceso contará con el acompañamiento y la veeduría de la Organización de Naciones Unidas, Cruz Roja Internacional, Cruz Roja Colombiana, delegados de países amigos y representantes de la Iglesia, si aceptan participar como facilitadores del proceso de intercambio. El intercambio humanitario podrá realizarse por una sola vez con cada grupo insurgente.
Datos Generales
Sep 02 d 2003 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Sep 02 2003 | Radicado | ||
Sep 04 2003 | Publicación | ||
Sep 05 2003 | Acumulado | Ver Pl 94/03 Senado |
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Conflicto armado
Tema
Derechos Humanos y DIH
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
sept. 2, 2003
Legislatura
Legislatura Jul 2003 - Jun 2004
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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