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“Por medio de la cual se modifican los artículos 160, 161, 167 y el numeral segundo del artículo 183 de la Constitución Política para mejorar el funcionamiento del proceso legislativo.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Proyecto modifica cuatro artículos de la Constitución (160, 161, 167 y 183) con el propósito de que las plenarias de las Cámaras no puedan introducir aspectos o temas no incluidos en el proyecto aprobado en primer debate. En caso de hacerlo, la propuesta será devuelta a la Comisión permanente en la cual se haya surtido el primer debate. También se reglamenta que cuando surgieren discrepancias en las cámaras respecto de un proyecto, las comisiones permanentes que lo hubieren debatido y aprobado en primer debate, reunidas conjuntamente, prepararán el texto que será sometido a decisión final en sesión plenaria de cada Cámara.


Datos Generales

Sep 17 d 1998 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 17 1998

Radicado

186/98

Sep 18 1998

Publicación

186/98

Dic 16 1998

Archivado por Vencimiento de TérminosArt 225 Ley 5 de 1992